Caso BOJA: la Fiscalía reconoce que hubo "lesión de derechos", pero archiva las diligencias
La fiscal jefe de Sevilla reconoce que la publicación de sus nombres supuso una "lesión del derecho a la intimidad de los menores", pero archiva la investigación porque considera que emprender acciones tendría "tintes negativos" para los intereses de los afectados.
REDACCIÓN HO y EUROPA PRESS.- La Fiscalía de Sevilla ha decidido archivar las diligencias que incoó hace aproximadamente un mes para investigar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de los nombres de casi 100 menores, hijos de objetores a Educación para la Ciudadanía (EpC).
La propia fiscal jefe de Sevilla, M.ª José Segarra, informó hoy a través de un comunicado de que para el Ministerio Público tiene "mayor relevancia la defensa de los intereses de los menores a mantener la privacidad de la decisión de instar el reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia", que el "ejercicio de unas acciones civiles encaminadas a obtener una indemnización adecuada a la trascendencia de la intromisión".
En la resolución de la investigación, que fue abierta después de que lo solicitaran el Partido Popular y una procuradora que representa los intereses de numerosos padres implicados en el caso, la fiscal jefe concluye que la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación "produjo la lesión del derecho a la intimidad de los menores afectados" al publicar las resoluciones para sustituir la notificación personal de las mismas.
Las acciones legales que en su caso le correspondería entablar al Ministerio Fiscal, según M.ª José Segarra, serían las previstas en la LO 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familia y a la propia imagen, "encaminadas a la reparación económica del mencionado perjuicio".
En consecuencia, la fiscal jefe manifiesta que en el ejercicio de estas acciones se debe efectuar "una ponderación de los intereses en conflicto antes de resolver la procedencia de intervención judicial". "En esta ponderación debe atenderse tanto al criterio de la cualificada intensidad lesiva de la intromisión, como al posible daño que podría ocasionarse a la propia esfera de la intimidad de los menores que se intenta proteger mediante el ejercicio de acciones civiles ante los tribunales", añade M.ª José Segarra, quien señala que "es evidente y previsible la trascendencia que tendría la iniciativa procesal que se analiza, debido al apasionado y tenso debate público sobre la materia" en Andalucía y otras comunidades autónomas, "de forma que es de prever un impacto no solo local sino nacional".
La fiscal jefe de Sevilla apunta que "la publicidad de la identidad de quienes han solicitado ser reconocidos como objetores, cuando ello está siendo rechazado por la Administración y fuertemente discutido en los tribunales, con resoluciones distintas en los distintos territorios autonómicos, tiene un mayor alcance y afectación en la órbita de la intimidad, pues el ciudadano afectado no ha dado su consentimiento por medio de actos propios a la exteriorización de esos actos". "Al menos en relación con los padres afectados por esta resolución no le consta a esta Fiscalía que hayan realizando una defensa pública y personal de sus posicionamientos, como sí se han realizado en otros casos con perfecta publicidad de su nombre y apellidos y que, evidentemente, cuestionaría la exigencia del respeto de la intimidad renunciada por ellos mismos", apostilló Segarra.
La Fiscalía entiende también que "la vulneración del derecho a la intimidad que se ha producido con la publicidad dada en BOJA a las resoluciones administrativas afecta de forma directa a los menores afectados, que deberían comparecer en el procedimiento para ser oídos judicialmente, de manera que adquiriría tintes negativos para los intereses de los menores dada la trascendencia que cobraría la acción procesal llamando si cabe más la atención de todo su ámbito de conocimiento sobre esta opción personal".
La fiscal considera que, puesto que la Consejería de Educación dictó en fecha 10 de noviembre de 2008 instrucciones a la Secretaría General Técnica indicando, en relación con los actos administrativos que en cumplimiento de la legislación vigente deban ser objeto de publicación en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que "deberán evitarse en todos los casos la identificación de las personas menores que sean interesadas en los procedimientos", queda acreditado que la Administración educativa andaluza ha estimado y aceptado la recomendación del Defensor del Pueblo Andaluz.
Por todo ello, el Ministerio Fiscal no va a proceder a entablar el ejercicio de las acciones civiles conforme a la LO 1/1982 de 5 de mayo de Protección Civil del derecho al Honor.
libero Jue, 27/11/2008 - 15:52h
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