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Una enorme ovación y gritos de apoyo y gratitud reciben al obispo de Alcalá de Henares a su entrada en el abarrotado auditorio del Palacio de Congresos de Madrid.

El aborto no provoca cárcel

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El catedrático de Derecho Procesal de la UCM Julio Banacloche desmonta otro de los falaces argumentos del Gobierno  para tratar de defender su reforma legal sobre el aborto.

REDACCIÓN HO.- En un brillante artículo publicado en las páginas de opinión de ABC.ES -que se adjunta íntegro en documento adjunto)  el profesor Banacloche desmonta la consigna que parecen haber adoptado los dirigentes socialistas para defender su reforma legislativa proabortista, en un intento desesperado por justificarla y hacerla asumible ante la opinión pública, centrada en  que resulta necesaria "para evitar que las mujeres que abortan vayan a la cárcel", idea expresada desde Zapatero, De la Vega, Aído o Alonso, hasta cualquier responsable socialista a quien se le pregunta, como el lunes ocurría con José Bono.

Un recurso argumentativo al que, como sostiene el catedrático, han tenido que acudir tras el fuerte rechazo social -no hay más que observar el éxito de convocatoria de las concentraciones del pasado domingo, 29 de mayo- y la respuesta científica que se ha expresado con contundencia y claridad a través de más de dos millares de firmas de prestigiosos profesionales en el Manifiesto de Madrid.

Con los datos en la mano, Banacloche desmiente el argumento: afirmar que las mujeres que abortan en España van a la cárcel, es sencillamente falso. "Basta con tomarse la molestia de analizar las sentencias que, sobre el delito de aborto, se han dictado en los últimos diez años, para desmontar esa falsedad", señala.

Y es que consultando los repertorios de jurisprudencia, en ese tiempo aparecen dos condenas a mujeres por delito de aborto (sentencias de la Audiencia de Madrid 530/2008, de 6 noviembre, y 733/2003, de 3 noviembre). En ambos casos el aborto fue provocado por la propia mujer mediante la ingesta de pastillas, y se practicó absolutamente al margen de los supuestos legales (y el segundo, cuando el embarazo era ya de 19 semanas, por lo que también sería punible con la ley de plazos que propone el Gobierno). Pues bien, la pena en el primer supuesto fue de seis meses de prisión, y en el segundo de multa de dieciocho meses, a razón de seis euros de cuota día, con nueve meses de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Es decir que, en ambos casos, dada la escasa entidad de las penas, ninguna de esas dos mujeres, a pesar de que habían abortado infringiendo claramente la norma penal, han tenido que ir a la cárcel.

Pero hay más. Junto a ello, el catedrático apunta que "en todas aquellas otras situaciones en que la mujer ha acudido a abortar a un centro acreditado, aunque a la postre se haya demostrado que se ha incurrido en alguna ilegalidad, nunca se ha acusado penalmente a la mujer. Sostener que la reforma de la ley actual se justifica en la necesidad de evitar que las mujeres que abortan vayan a la cárcel, es simple y llanamente una gran mentira".

Asimismo, el Supremo ha excluido de responsabilidad por aborto a los médicos que se limitan a emitir un dictamen (sentencias del TS 1497/2003, de 13 de noviembre, 1639/2000, de 26 de octubre, o 2002/2001, de 19 de septiembre), e incluso a quienes lo practican, si existía alguna circunstancia que llevaba a pensar que el aborto podía practicarse legalmente. Es decir, tampoco existe un riesgo real de que sean condenados penalmente los médicos que practican o creen practicar abortos dentro de los supuestos legales. Y en los poquísimos casos en que estos profesionales han resultado condenados por practicar abortos ilegales, la pena impuesta siempre ha sido inferior a dos años de privación de libertad, por lo que tampoco han tenido que entrar en prisión (por ejemplo, sentencia de la Audiencia de Granada 788 /1998, de 17 noviembre).

Indudablemente, hay abortos que sí conllevan una pena de cárcel, y hay que confiar en que así siga siendo: todos los que no cuentan con el consentimiento de la mujer.

De cualquier modo, como concluye Banacloche, "lo cierto es que hoy en España las mujeres no van a la cárcel por abortar, ni nadie está propugnando eso. Pocas razones tendrá el Gobierno en defensa de su proyecto cuando tiene que recurrir a argumentos como ése que, además de puramente emotivo, no se corresponde con la realidad".

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O sea, que queréis que la

O sea, que queréis que la ley se quede como está para intentar que, si hay un cambio de mentalidad en la judicatura, ésta tenga una base legal para enviar a las mujeres a la cárcel.

Por lo que se ve, no estás

Por lo que se ve, no estás muy sobrado de capacidad de comprensión lectora, amigo milton... Incluso mis alumnos de 3.º de ESO entenderían perfectamente el contenido del artículo del profesor Banacloche. Por más que te empeñes en retorcer y adulterar los argumentos, tu obsesión por justificar el plan abortista del Gobierno con la falsedad de que las mujeres que abortan pueden ir a la cárcel queda desacreditado por los datos de las resoluciones judiciales... Ninguna ha ido a prisión en, al menos, los últimos diez años... ¿No te gusta quedar con el traserete al aire? Pues no mientas. PD: ¿De dónde te sacas la especie de que queremos que la legislación sobre el aborto se quede como está? Repito: no has entendido nada... O te haces el sueco, que también podría ser.

Precisamente se trata de

Precisamente se trata de que el aborto SÍ comience a provocar cárcel. Por principio de cuentas, en la semana 13 del embarazo debe establecerse un Registro de Existencia Fetal, mismo que se resellará tras el parto. Al establecerse ese registro, se citará incluso al presunto padre de la criatura. Tanto él como la madre deberán firmar un documento en que se les hará saber que en caso de fallecimiento fetal, el feto requeriría certificado de defunción, y que si su muerte fue inducida, se castigaría como homicidio. Los casos excepcionales, como aborto terapéutico o eutanásico, deberán notificarse a un Departamento Vida Intrauterina del Instituto para la Defensa del Menor. El simple hecho de no notificar un aborto legal, debe implicar cinco años de cárcel para el médico.

Al margen de las

Al margen de las manipulaciones d elos abortistas: Digamoslo claro el aborto no produce carcel en ninguna mujer en España , en cambio si lo produce matar a un lagarto o a un lince etc..

¿Y si "produjera

¿Y si "produjera cárcel, qué? ¿Acaso una persona que mata a su hijo no debe ir a la cárcel?. Menos "buenismos" y "progresismos" provida, por favor... Si el aborto es un asesinato (y lo es), la asesina debería ir a la cárcel. Y ser la madre debería ser un agravante, no un eximente. Las mujeres no deben ir a la cárcel por ser mujeres (otra manipulación progre del lenguaje). Pero las personas que matan a sus hijos sí deben ir a la cárcel. Al menos en un país medianamente civilizado (cosa que España, hoy en día, no lo es).

Cuando una mujer atraque

Cuando una mujer atraque un banco, ¿exigimos al juez que la absuelva porque "las mujeres no deben ir a la cárcel? (¿quién se ha inventado esa tontería de que una mujer que comete un crimen no debe ir a la cárcel?).