Nueva sentencia en favor de la objeción a informar sobre el aborto

Nueva sentencia en favor de la objeción a informar sobre el aborto

<a href="http://www.hazteoir.org/noticia/44707-nueva-sentencia-confirma-derecho-medicos-familia-objetar-aborto">«Una nueva sentencia confirma el derecho de los médicos de Familia a objetar al aborto»</a>
«<a href="http://www.hazteoir.org/noticia/44201-tsja-reconoce-medico-andaluz-atencion-primaria-derecho-objetar-aborto">El TSJA reconoce a un médico andaluz de atención primaria el derecho cautelar a objetar al aborto</a>»
«<a href="http://www.hazteoir.org/noticia/44505-persona-familia-y-sociedad-profesionales-sanitarios-defienden-vida">'Persona, Familia y Sociedad': Los profesionales sanitarios defienden la vida</a>»
«<a href="http://hazteoir.org/images/guia_objecion_conciencia.pdf">Guía DAV de Objeción de Conciencia Sanitaria al aborto</a>»

REDACCIÓN HO / DIARIO MÉDICO.- La resolución de la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Málaga que rechaza el derecho del médico de primaria a negar la información sobre el aborto, ya tiene un objetor más. Un facultativo de este área sanitaria ha visto reconocido su derecho a objetar a informar del aborto y por tanto a desobedecer, de manera provisional, la resolución del Servicio Andaluz de Salud, en virtud del auto dictado por el Juzgado Contencioso-administrativo número 7 de Málaga.

La resolución judicial sigue la doctrina que la Sala Contencioso-administrativa  del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía definió en una sentencia que revocó la negativa del Juzgado de lo Contencioso número 3 de Málaga al conceder la suspensión cautelar a informar sobre el aborto en atención primaria.

El auto del juzgado número 7 reproduce el fallo del tribunal autonómico y señala que "teniendo en cuenta el carácter de la petición invocada por el apelante es evidente que la no suspensión del acto haría perder su finalidad legítima al recurso, toda vez que si durante el tiempo de tramitación del recurso hubiera de realizar alguno de los actos referidos, no cabría una cuantificación económica a los efectos de reparación del daño". Así, el juez admite que hasta que se resuelva la cuestión de fondo, concede la suspensión cautelar para evitar que el facultativo tenga que realizar una intervención que va contra su ética y cuyo daño no podría ser indemnizado.

El juzgado también recoge la respuesta que dió el tribunal autonómico al argumento de la Administración de que existen unas necesidades asistenciales que hay que cubrir, a lo que el fallo replica que "en el centro [sanitario] trabajan muchos profesionales capacitados para realizar estos actos que no se han declarado objetores".

El abogado Julián Corredor ha asesorado al médico en todo el proceso. 

Discrepancias entre juzgados

Hasta los juzgados de lo Contencioso de la provincia de Málaga están llegando los recursos de facultativos de atención primaria que se niegan a cumplir la resolución dictada por la Gerencia del Área Sanitaria Norte de esta provincia, que les obliga a informar sobre el aborto.

La solicitud que se cursa en primer término suele ser la petición de suspensión cautelar hasta que se resuelva sobre el fondo de la cuestión.

Los juzgados número 1 y el número 7 de esta jurisdicción y provincia han dictado resoluciones a favor del médico. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso número 3 de Málaga se ha pronunciado en contra en varios autos, pero uno de ellos fue revocado por el TSJ de Andalucía en una sentencia que recoge la fundamentación jurídica que se está utilizando como doctrina por instancias inferiores.

Para poder comentar esta noticia debes estar registrado en la comunidad HO o haber iniciado sesión.

HazteOir.org

es una comunidad de ciudadanos activos que busca promover la participación de los ciudadanos en la política

EL MOVIMIENTO HO LO FORMAN

339.681

ciudadanos activos