PPE celebra la sentencia europea en defensa de la dignidad del embrión humano
El fallo proporciona una correcta definición del "embrión humano" como un "organismo capaz de iniciar el desarrollo de un ser humano", ya sea el resultado de la fecundación o el producto de una clonación.
- La Justicia europea protege, la ley española atenta: "Hay vida humana desde la fecundación"
- Gran victoria europea en la defensa de la dignidad del embrión humano
- Sentencia íntegra (Case No. C-34/10) I Dictamen del Abogado General
- Manifiesto de Madrid
- VotaValores.org: “Tenemos razones, ofrecemos propuestas”
REDACCIÓN HO.- Profesionales por la Ética (PPE) celebra la sentencia hecha pública ayer por el Tribunal Europeo de Justicia, con sede en Luxemburgo, que ha dictado una histórico fallo a favor de la dignidad del embrión humano desde la concepción. Se trata, como venimos informando desde ayer, de una decisión emitida a instancias de Greenpeace en un caso de patentes biotecnológicas (Oliver Brüstle vs. Greenpeace, Case No. C-34/10)..
Así desde la plataforma de expertos se aplaude esta sentencia "desde el convencimiento de que la protección de la vida humana requiere, en el contexto de las actuales investigaciones biotecnológicas, una definición amplia de lo que debe entenderse por embrión humano".
"De este modo -se añade desde PPE en un comunicado remitido a HO-, además, se refuerza el carácter ético de dichas investigaciones y, en definitiva, la mejor y más eficaz opción por las células madre adultas, ya que la negativa de la patente a la investigación con células embrionarias en Europa hace que, a partir de esta histórica sentencia, dicha línea de investigación resulte mucho menos atractiva desde el punto de vista de los intereses financieros que, en buena medida, la sostenían".
La sentencia declara que una invención biotecnológica no debe ser protegida jurídicamente cuando para su proceso haya requerido la previa destrucción de embriones humanos o el uso de los mismos como materiales de base. En definitiva, no podrá ser patentado un proceso que implique la extracción de una célula madre de un embrión humano ni siquiera en la etapa de blastocisto (célula embrionaria no diferenciada) ya que este proceso implica la destrucción del embrión.
El caso que ha dado lugar a la sentencia se originó a raíz de la decisión del Tribunal Federal de Justicia de Alemania, a instancias de la organización ecologista Greenpeace, de someter la patente desarrollada por Oliver Brüstle en 1997 al Tribunal Europeo, para que fuera éste el que interpretase la expresión “embrión humano” a la que se refiere el art. 6 (2) (c) de la Directiva de la Unión Europea 98/44/EC sobre la Protección Jurídica de la Invenciones Biotecnológicas.
Ahora la sentencia del Tribunal de Luxemburgo se ha pronunciado en el sentido de que la Directiva protege todos los estadios de la vida humana al excluir al embrión humano de la protección de las patentes. El fallo proporciona así una correcta definición del "embrión humano" como un "organismo capaz de iniciar el desarrollo de un ser humano", ya sea el resultado de la fecundación o el producto de una clonación.
En concreto, el fallo de la sentencia confirma que la legislación europea relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas, debe interpretarse en el sentido de que constituye un «embrión humano» todo óvulo humano a partir del estadio de la fecundación, todo óvulo humano no fecundado en el que se haya implantado el núcleo de una célula humana madura y todo óvulo humano no fecundado estimulado para dividirse y desarrollarse mediante partenogénesis (reproducción basada en el desarrollo de células sexuales femeninas no fecundadas).
Además. la sentencia excluye que pueda ser patentado un invento que haya implicado la destrucción previa de embriones humanos o su utilización como materia prima, sea cual fuere el estadio en el que éstos se utilicen.
- 20N
- células madre embrionarias
- ciencia
- derechos humanos
- derogación
- derogación de la ley del aborto
- destrucción de embriones
- embriones
- Europa
- experimentación con embriones
- gádor joya
- Greenpeace
- Grégor Puppinck
- manipulación de embriones
- neuronas
- Oliver Brüstle
- PPE
- Profesionales por la Ética
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea
CFuencisla Mié, 19/10/2011 - 12:26h
- Inicie sesión o regístrese para enviar comentarios














Es importante también que en
Es importante también que en el futuro próximo, quizá en el presente, los pacientes de cualquier tratamiento médico nos informemos bien cuando nos propongan -o nos quieran imponer- terapias genéticas, que exijamos información exacta sobre ellas: en qué consisten, en qué principios se basan, en qué investigaciones, de qué material genético parten...
Antes muerto que aceptar tratamientos basados en células madre embrionarias. No dejaré que me conviertan en un asesino para salvar mi vida. Aquí, recordemos que los 4 Evangelios canónicos -y algunos apócrifos, como el de Tomás- dicen claramente que el que quiera salvar su vida la perderá.
Con mayor o igual razón debemos rechazar estas terapias que si quisieran hacernos un trasplante de alguien a quien hubieran arrancado un órgano contra su voluntad para ponérnoslo a nosotros, pues ni resistirse puede, es un ser humano en gestación, sin ninguna autonomía para siquiera protestar.
Además, las células madre embrionarias no han demostrado hasta ahora ninguna eficacia. Muy al contrario, tienen un enorme potencial cancerígeno. La investigación con células madre adultas sí ha demostrado ser eficaz, además de ética. Incluso loable.
Es una magnífica noticia, y
Es una magnífica noticia, y un motivo más para continuar cargándonos de razón en la defensa del bebé concebido.
No se que argumentos les quedarán a quienes todavia defienden el aborto como derecho; serán los intereses espúreos del negocio abortista.
Si existe dignidad del embrión humano desde la concepción, más claro y rotundo no se puede hablar.
Hoy mismo deberian de iniciarse los trámites parlamentarios de todos los gobiernos europeos para empezar a proteger al "embrión humano desde el momento de la concepción" y derogar las leyes impias como la española, única en el mundo que reconoce el derecho del aborto. Estamos hablando ya categóricamente de seres humanos, nadie puede hacer oidos sordos; e incurrirán incluso en responsabilidad penal quienes permitan no solo que se manipule con embriones, sino que se les quite la vida sin que exista peligro de la vida grave y cierto de la madre. Es el único supuesto que permitiria el aborto, y consta incluso reconocido por la Iglesia.
Personalmente continuo opinando que algún dia podremos ver sentados en el banquillo a quienes han actuado de forma tan falaz, como autores y encubridores de un genocidio silencioso. No se cual será entonces su defensa.
Y de todas formas como no solo nuestras creencias religiosas, sino nuestra tradición es muy sabia; felicito a todas las Conchas, Conchitas y Concepciones, por su nombre. Hace mucho tiempo que conocíamos; siglos antes de que se aprobaran las inventadas por el hombre e hijos de las tinieblas, leyes falaces e impias despenalizadoras del aborto; que la vida empezaba desde el momento de la "Concepción". Que yo sepa el nombre de "nacimiento" no se les pone a los niños.
Esta sentencia supone una
Esta sentencia supone una condena de las técnicas de diagnostico genetico preimplantacional desarrolladas en las tecnicas de fecundación vitro, puesto que suponen la extracción de material genetico del embrión en su momentos iniciales y la destrucción de muchos de ellos. También podria ser utilizada esta sentencia para defender la prohibición de congelación o vitrificacion de embriones que se realizan en los centros potentes de reproducción artificial, como el Dexeus, IVI, o el del exprsidente de la SEGO en Madrid.