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Justa rectificación de la Fiscalía, al solicitar la libre absolución del juez Serrano

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No ve dolo en la actuación del juez, que trató de satisfacer el interés de un menorobjeto de carga feminista desde que osara cuestionar los dogmas de la ideología de género, el fiscal pedía 10 años de inhabilitación por prevaricación.

REDACCIÓN HO.- La Fiscalía ha modificado sus conclusiones provisionales y ha pasado de pedir diez años de inhabilitación para el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por supuesta prevaricación a solicitar su libre absolución en el caso de la ampliación del turno de custodia de un menor para garantizar su salida en una cofradía de La Madrugá sevillana. 

Según ha considerado el representante del Ministerio Público en la última sesión del juicio que se ha celebrado desde el lunes en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla dictó su resolución de una manera "imprudente o negligente" aunque no "dolosa", ya que no existen pruebas de que cometiera el delito por el que está acusado.  

 Según informa Europa Press, para la Fiscalía, el magistrado "debía y podía" haber realizado determinadas pruebas, que "obvió sin la suficiente consistencia", antes de decidir la prórroga de la custodia en un día y medio para el padre del niño, de 11 años, como, por ejemplo, la audiencia a un fiscal, a la madre, e incluso al padre.  

Así, según su criterio, en este asunto "existen dudas razonables" acerca de los indicios de criminalidad de la actuación del juez, del que "no se ha podido acreditar que actuara en connivencia con nadie" ni que dictase la resolución más allá de la frontera de la justicia.  

El Ministerio Público reconoce sin embargo que el magistrado actuó llevado por una "urgencia" mal entendida y, si bien el auto que dictó no puede considerarse injusto o ilegal, en la atribución de la competencia del caso o el reparto del proceso, sí quizás podría entenderse como "sobredimensionado o excesivo", porque los intereses en juego "no han sido ponderados adecuadamente".  

"Se puede tener la sospecha de que hubiera habido un poco de influencia por parte del letrado del padre del menor o de quien fuera", pero eso, ha dicho el fiscal, es "pura elucubración" que no puede valorarse como prueba de cargo. Por ello, "de ninguna prueba practicada resulta que el juez estuviera en connivencia con algún letrado", y tampoco ha quedado acreditado que Serrano se moviera "por otros intereses espurios".

Lo que sí le ha reprochado el fiscal es que no pidiera el email en el que la madre preguntó previamente por las circunstancias en que su hijo iba a procesionar en la Cofradía del Silencio, y que supuestamente mostraba entre líneas su disconformidad con la salida del menor, que no preguntara al padre, y que tampoco lo hiciera con la progenitora, algo que es "requisito" de la "prudencia".  

Para concluir, el Ministerio Fiscal ha incidido en que "no se ha podido acreditar que el juez Serrano actuase dolosamente al dictar su resolución o al asumir la competencia, pero no fue todo lo riguroso" que, en su opinión, debería haber sido en este caso que ha calificado como "hecho atípico". Solicita por tanto la libre absolución del procesado.  

Durísima puesta en escena de la acusación particular

En el punto completamente opuesto se ha pronunciado el abogado de la acusación particular, que pide 20 años de inhabilitación para el juez, además de 14.400 euros de multa, y el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000 euros al menor, y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante. 

 El letrado ha comenzado su informe final con las palabras de Santo Tomás de Aquino 'Corruptio optimi pessima' (la corrupción de los mejores es la peor). En su opinión jurídica, la resolución que adoptó el juez Serrano sí fue injusta y dolosa, y fruto de que "estaba todo cocinado" con su "amigo y socio", el propio abogado del padre del menor, que había sido letrado del juez, y que incluso apareció días previos informando del caso en diversos medios de comunicación.  

Incluso le ha llegado a acusar de "no tener decencia" y de estar "fuera de la ley desde hace años". Asimismo, y tras el anuncio del fiscal de la modificación de sus conclusiones, ya ha avanzado que "la casación va a ser memorable", en referencia al recurso que presentaría ante el Tribunal Supremo en el caso de que se dicte sentencia absolutoria. "Mi cliente seguirá hasta el fin", ha dicho. 

Tras limpiarse las lágrimas con la toga, el abogado ha considerado que el que dice la verdad en este caso es "el niño" y ha pedido al tribunal que piense en las consecuencias de la sentencia. Ha señalado que, independientemente de lo que ocurra, él "ganará o perderá" con decencia, algo que, según ha indicado, no hará la defensa del magistrado. 

Defensa de quien nunca tuvo que ser juzgado

A continuación ha sido el turno del abogado del magistrado, que ha defendido su decencia y la del juez y ha señalado que verse sometido a este proceso "ha sido muy duro para él". Según ha mantenido, el juicio nunca debió llegar a celebrarse. "Nunca debimos venir aquí", ha sostenido el letrado, para quien las "sospechas" o las "elucubraciones" no son "lo suficientemente fuertes".  

De hecho, ha pedido una sentencia absolutoria no "por las dudas" apuntadas por el fiscal, sino porque el principio de presunción de inocencia, a su juicio, "no ha sido desvirtuado". "No ha habido prueba, ni directa ni indirecta, capaz de desvirtuar esa presunción de inocencia y esas sospechas manipuladas han quedado disipadas", ha señalado. 

Acerca de la Semana Santa de Sevilla ha afirmado además, en referencia al letrado de la acusación particular, "que un señor de Bilbao" no puede entenderla, declaración que ha motivado que su compañero de la bancada de enfrente haya protestado fuertemente. Visto que el letrado interrumpía el informe del defensor y que no cesaba de quejarse, el presidente del tribunal, que es el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, ha tenido que expulsarle de la Sala, advirtiéndole de que podía ser sancionado. 

Graves daños personales y familiares

Finalmente, el juez Serrano ha tomado el turno, ejerciendo su derecho a la última palabra, tras lo que el juicio ha quedado visto para sentencia, con la ausencia del letrado de la acusación particular.  Francisco Serrano ha defendido en la última sesión de la vista su "independencia" y su "imparcialidad", aunque ha reconocido, que, como humano, ha podido cometer errores.

Se ha dirigido a la Sala para recordar que fue en el mismo lugar donde ha sido enjuiciado donde fue designado juez en 1990 y donde tomó posesión como titular de Familia en mayo de 1998. "Desde 1990 he procurado ser fiel y cumplir los principios que juré, de independencia, de imparcialidad, y de sometimiento al imperio de la ley", ha afirmado.

El magistrado, suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ha reconocido que, en ocasiones, la "praxis", la "lex artis" y la "ortodoxia" son difíciles de poner por delante de la tutela judicial efectiva, y ha apuntado que "en momentos de urgencia" estas premisas "no da tiempo" a llevarlas a cabo.

Además, ha afirmado que durante todo este proceso ha "sufrido", y ha asegurado que en 21 años de profesión nunca se había dado de baja hasta el pasado 7 de julio, por un cuadro de ansiedad. Además, ha resaltado el "dolor", y el "sufrimiento" de aquellas madres, padres, y abuelos que no están separados de sus hijos tan sólo un día y medio, sino meses e incluso años.

 También ha dicho que "lo que más daño" le ha hecho ha sido el "dolor" de su familia, de su esposa, que también sufre ansiedad, y de sus hijas, que en el instituto han tenido que soportar afirmaciones como que "tu padre es un prevaricador". Pese a todo, según ha indicado, va a seguir "confiando" en la justicia y se mantendrá "fiel" a la toga que ha vestido, según ha dicho, "con orgullo y con decencia".

El juicio ha quedado visto para sentencia con los aplausos de los asistentes, entre los que había muchos miembros de colectivos por la custodia compartida, que además le han vitoreado a la salida de la Real Chancillería de Granada, teniendo en cuenta que la Fiscalía, que pedía inicialmente para él 10 años de inhabilitación, ha cambiado su acusación para solicitar su libre absolución.

Perseguido

EL juez Serrano, titular de un juzgado de familia, de Sevilla, adquirió notoriedad, a principios del año pasado, por sus críticas a la Ley de Violencia de Género, denunciando el diferente trato que establecía para las denuncias de las mujeres y las de los hombres y, sobre todo, por sus diferencias respecto a la punibilidad de las mismas conductas, dependiendo del sexo. Después de doce años a cargo de un Juzgado de Familia, su opinión era la de un profesional que merecía, por lo menos, el mismo respeto que la de los colectivos feministas, que se apresuraron a fustigarle públicamente con saña

Un suceso acaecido en la Semana Santa de 2010 le ha vuelto a poner de actualidad, porque autorizó alterar el régimen de visitas de un niño sevillano de once años, de padres separados, para que pudiera salir, como paje, en una cofradía de la madrugada. Su resolución se dicta a instancias del abuelo del menor y después de haberse asegurado, por la declaración del propio menor, de que la madre no le dejaría salir en la procesión, "pero que él tenía muchas ganas y era importante para él". 

Esta resolución, que se dicta en un asunto aparentemente intrascendente, como es prolongar por un día y medio el tiempo en que el niño permanecería al cuidado del padre, le ha originado las siguientes surrealistas consecuencias: un juicio por prevaricación (que es un delito que consiste en dictar, a sabiendas, una resolución injusta), la suspensión cautelar dictada por el Consejo General del Poder Judicial; la petición inicial de 10 años de inhabilitación por parte del Ministerio Fiscal, ahora rectificada; y la petición, por parte del letrado de la madre del niño, que ejerce la acusación, de una pena de veinte años de inhabilitación para ejercer como juez y una multa de 14.400 euros. Le pide además una indemnización de 60.000 euros para la madre del niño; 100.000 para el menor y 12.000 para otro hijo, hermano del niño. No sólo llama la atención la importancia de las penas, sino la elevada cuantía de las indemnizaciones, sobre todo la que se pide para el propio niño.  

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Felicito efusivamente a

Felicito efusivamente a CFuencisla. Es la información más completa que he podido leer sobre este caso, con diferencia. Muchas gracias.

Sí me gustaría matizar que, más que la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, el Juez Serrano ha criticado la distinta aplicación del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal en los casos de maltrato doméstico, donde, en efecto, se da un trato discriminatorio desfavorable al hombre en supuestos similares (la denuncia de una mujer por maltrato se estima inmediatamente y a un hombre se le pide prinicipios de prueba o pruebas fehacientes, o se archiva directamente, la pena impuesta por maltrato a un hombre es superior a la que se impone a una mujer, etc).

Incluso ha criticado la jurisprudencia del Tribunal Supremo o el Constitucional al respecto, que respaldan esta discriminación "positiva", basándose en el carácter supuestamente "estructural" de la llamada "violencia de género" (según la Ley, la que por ideología machista ejercen los hombres contra las mujeres con las que tengan o hayan tenido relaciones afectivas de pareja, con o sin convivencia, nunca de mujeres contra hombres ni por otros vínculos que no fueran de pareja, como los familiares o los de prostituta-cliente, por ejemplo).

El Juez Serrano, en fin, también ha cuestionado la estadística e violencia de género que elabora el Observatorio sobre esta materia, dependiente del CGPJ, y en concreto de la Vocal del Consejo Inmaculada Montalbán, por lo cual este Magistrado tiene abierto un expediente disciplinario. Según la estadística de este organismo, las denuncias falsas de mujeres por violencia de género prácticamente no existen, cuando todos sabemos que la realidad es muy otra, como el propio Juez Serrano ha comprobado en el día a día de su Juzgado.

LLama la atención en este caso cómo el Fiscal se ha atenido al principio de legalidad. Sin embargo, no hemos de olvidar que el Ministerio Fiscal no depende del CGPJ. El Tribunal, sí, y sus miembros podrían verse tentados a dar la razón a la acusación particular por algo más que razones jurídicas, para no perjudicar o incluso favorecer sus carreras. Y, si fallan a favor del acusado, en el recurso de casación el Tribunal Supremo podría opinar otra cosa. Su Presidente también preside el CGPJ, aunque no preside ninguna de las Salas jurisdiccionales.

Por otra parte, las demandas, denuncias y querellas conta Jueces y Fiscales pocas veces prosperan. Creo que sólo se admite el 30%, y casi siempre los procesos son sobreseídos por algún motivo técnico. o el encausado es absuelto al final. Con los procedimientos disciplinarios ocurre lo mismo. Por eso, en parte, son noticia casos como éste, porque se dan poco.

Pero si, finalmente, tras todo este calvario, el Juez Serrano sale absuelto, no será fácil quitarme la sensación de que todo el proceso suena a un costoso aviso para navegantes del CGPJ y la Vocal Montalbán.