El juzgado de Huelva archiva la petición de DAV para asistir a Ramona Estévez
DAV demandaba la tutela judicial para que la anciana recibiera los cuidados para su supervivencia, conforme a la lex artis y al Ordenamiento Jurídico español, que persigue como un delito la práctica de la eutanasia.
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REDACCIÓN HO.- Derecho a Vivir (DAV), que no ha recibido ninguna notificación judicial de la resolución, ha tenido conocimiento por determinados medios de comunicación de que los juzgados de Huelva han archivado la demanda que presentamos el pasado viernes para que se repusiera a Ramona Estévez la sonda nasogástrica que le retiró el Hospital Blanca Paloma de Huelva, tras la intervención de la Consejería de Salud que así lo demandaba en cumplimiento de la Ley de 'Muerte Digna'.
Como informamos en HO, DAV presentó el pasado viernes su demanda de tutela judicial para que, de manera cautelar, se restableciera a la anciana la alimentación por sonda. Nuestra plataforma demandaba así amparo a la autoridad judicial, para que vele por el derecho a la vida y evite cualquier práctica eutanásica: la decisión gubernativa de retirar la sonda de alimentación causará directamente la muerte por inanición de la paciente, además de contravenir la buena práctica médica y lesionar el derecho a la objeción de conciencia del personal facultativo.
El Diario El País publica además que el mismo viernes en el que DAV presentó su petición ante la Justicia, se comunicó a la familia que debería acudir al juzgado al día siguiente."Había que decidir con urgencia. Los parientes acudieron ayer por la mañana. El juez tenía sobre la mesa una denuncia por omisión del deber de socorro, según fuentes jurídicas. A media tarde, en medios judiciales confirmaron el archivo de la causa y de otra en torno al mismo caso en otro juzgado", señala el diario.
Según han explicado diversos medios, las denuncias tocaron en reparto al Juzgado de Instrucción número 4 y otra directamente ante el 5; el titular del Juzgado número 4 decidió su archivo por 'un defecto de forma', mientras que el de Instrucción 5 lo ha hecho tras ver el informe del fiscal realizado tras recabar la información médica y hablar con los parientes, y sabiendo que era una cuestión ya vista y archivada por otro departamento judicial.
DAV realizó la petición en base a que la sonda nasogástrica que le fue retirada a Ramona tras intervenir la consejería de Sanidad andaluza es un medio "ordinario para preservar la vida" de una persona que no puede alimentarse por sí misma. Por ello se pedía a la administración de Justicia que interviniera para garantizar que la anciana, de 90 años y en estado de coma tras un infarto, recibiera los cuidados indicados por los médicos que la atienden, conforme a la lex artis (código de buenas prácticas médicas) y al Ordenamiento Jurídico español, que persigue como un delito la práctica de la eutanasia.
Recursos informativos:
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CFuencisla Lun, 29/08/2011 - 10:57h
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Que el hijo de esa señora y
Que el hijo de esa señora y todos sus familiares, carguen de por vida en sus conciencias con este crimen.
Que Dios les ayude, porque a ellos les harán lo mismo. Demostrado y demostrable.
Pues habrá mucha gente que
Pues habrá mucha gente que diga eso de "es que para estar así..." Lo de menos es que se obligue a unos seres humanos a asesinar a otros como parte de su trabajo o que acabemos viendo el asesinato de un semejante como algo justificable, cuando no deseable u obligatorio, si está lo bastante enfermo.
¿Acabaremos reconociendo el derecho a suicidio sin discriminación? Claro, si todos los españoles somos iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia o condición personal o social (art 14 de la Constitución), ¿por qué un enfermo terminal o grave ha de tener más derechos que una persona sana físicamente? ¿Por qué no se ha de despenalizar el suicidio y más aún, reconocerlo como derecho a todo ciudadano mayor de edad, incluidos los enfermos psíquicos, porque quién es un psiquiatra para negarle a otro ciudadano un derecho fundamental? Ni siquiera haría falta una modificación por vía extraordinaria del texto constitucional, sólo una Ley Orgánica de desarrollo de los arts 14 y/o 15 (derecho a la vida).
Estoy siendo sarcástico, pero no me extrañaría que esta idea tuviera partidarios. Además de que nuevamente España sería pionera en el reconocimiento de derechos y libertades públicas después de hitos tan fundamentales como los derechos al aborto, al matrimonio homosexual con plena igualdad respecto al heterosexual (incluido el derecho de paternidad adoptiva) y ahora a la "muerte digna" -aunque tenga de digna lo que yo de quincemayista-, ayudaría a resolver la crisis económica y fomentar el pleno empleo.
En efecto, reconociendo el derecho al suicidio se podría, a continuación, permitir a las empresas y Administraciones contratar trabajadores en condiciones de auténtica esclavitud -por ejemplo, creando un contrato sin cotización a la Seguridad Social del trabajador, eso sí, indefinido, y por tanto sin derecho a pensión contributiva-, suprimir al menos las pensiones no contribuitivas y más adelante las de invalidez, etc. Eso sí, habría circunstancias en que el suicidio se prohibiría por Ley o resolución judicial -acabar de cumplir condenas penales, prohibición de suidarse a los divorciados obligados por cargas familiares, prohibición del suicidio o su tentativa a ciertos profesionales o mientras dure la relación laboral...-, y el suicida habría de dar un preaviso de, pongamos, un mes a las personas a las que pudiera afectar y a las autoridades y arreglar antes sus papeles.
Monstruoso, ¿verdad? Pues habrá quien lo defienda sesudamente si le dejan. Y, si Mr Bean y el profesor Rubacterio no se han puesto a ello, es posible que sea porque hayan valorado que una situación así tendría más inconvenientes que ventajas o porque simplemente no se les ha ocurrido. Y espero no darles ideas.