El TSJ de Andalucía tramita la objeción a EpC como protección de un derecho fundamental por los contenidos de la asignatura
ANÁLISIS DIGITAL.- Fuentes judiciales explicaron que la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, con sede en Sevilla, ha admitido por la vía preferente de protección de los derechos fundamentales el recurso de unos padres de Bollullos del Condado (Huelva) para que se reconozca el derecho de sus hijos a la objeción de conciencia para no cursar la asignatura.
Se trata del segundo proceso abierto por esta vía de derechos fundamentales, tras el incoado en septiembre pasado referente a los contenidos de la nueva asignatura de la LOE, en aquel caso por denuncia de cinco padres encabezados por dos letrados sevillanos, también dirigentes del PP andaluz, asunto que se encuentra pendiente de sentencia.
En este nuevo caso, el TSJA ha admitido el recurso de los padres contra la resolución del viceconsejero de Educación de la Junta, según la cual no hay lugar "a la objeción de conciencia formulada respecto al contenido de la asignatura.
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CFuencisla Vie, 21/12/2007 - 12:38h










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