El Gobierno de Zapatero quiere recortar el derecho a la objeción de conciencia amparado por la Constitución
Este viernes 22 saltó a los medios de comunicación la polémica suscitada por la negativa del Gobierno de Zapatero a respetar el derecho de los cargos públicos a la objeción de conciencia frente al matrimonio entre personas del mismo sexo. El Gobierno quiere imponer a los cargos públicos la obligación de oficiar bodas entre homosexuales incluso en contra de su propia conciencia. El Gobierno conculcaría así un derecho fundamental recogido por la Constitución y confirmado por el Tribunal Constitucional.
Etiquetas: HAZTEOIR.ORG .- La Vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha anunciado la intención del Gobierno de negar a los funcionarios su derecho a la objeción de conciencia afirmando que "todo el mundo debe cumplir las leyes y, sobre todo, los que presten servicios en la función pública." Para la Vicepresidenta, "la objeción de conciencia no consiste en que los funcionarios no cumplan las leyes".
¿'A nadie se obliga a nada'?
Paradójicamente, la Vicepresidenta aseguró que lo que hace su Gobierno "consiste en ampliar derechos a los ciudadanos". Esta sorprendente declaración, realizada a renglón seguido de su anuncio de impedir el ejercicio de un derecho fundamental a todos los funcionarios, fue apostillada por Fernández de la Vega con la afirmación de que "a nadie se le obliga a nada". ¿Tampoco a los funcionarios?
El Tribunal Constitucional y el Supremo contradicen al Gobierno
No es la primera vez que hay un choque frontal entre lo que dice el Gobierno de Zapatero y lo que afirma la Constitución Española. En su Artículo 16.1, nuestra Carta Magna indica que "Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley."
Dos sentencias del Tribunal Constitucional (TC) han establecido que la objeción de conciencia forma parte del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en el citado artículo. Las sentencias dictadas el 23 de abril de 1982 y el 11 de abril de 1985 interpretan que la objeción de conciencia debe considerarse un derecho explícita e implícitamente previsto en el ordenamiento constitucional español.
En su sentencia de 23 de abril de 1982, el TC indica que "La Constitución, norma suprema, reconoce la objeción de conciencia por cualquier motivo, y no sólo por motivos de índole religiosa, pues es un principio general del Derecho". Además, el Constitucional advierte que "El reconocimiento de la objeción de conciencia no circunscrito a motivaciones de carácter religioso aparece avalado por la doctrina y el derecho comparado".
En su sentencia del 11 de abril de 1985, el Tribunal Constitucional indicaba que el derecho a la objeción de conciencia "existe y puede ser ejercido con independencia de que se haya dictado o no tal regulación." El TC sentenciaba, además, que "La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en el art. 16.1 de la Constitución y, como ha indicado este Tribunal en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable, especialmente en materia de derechos fundamentales."
A su vez, el Tribunal Supremo, en sentencia dictada el 16 de enero de 1998, refrendó lo señalado por el TC sobre la objeción de conciencia afirmando que "su existencia y ejercicio no resulta condicionado por el hecho de que se haya dictado o no tal regulación, sino que al formar parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en la Constitución, resulta directamente aplicable".
El Gobierno tendrá que rectificar, aunque sea a regañadientes
En línea con estas sentencias, es de prever que el Gobierno se verá obligado a rectificar y a reconocer el derecho a la objeción de conciencia de todos aquellos funcionarios y cargos públicos que se nieguen, por motivos de conciencia, a participar en la celebración de una boda entre personas del mismo sexo.
El reconocimiento será a regañadientes, por supuesto. Hasta la fecha, el PSOE sólo ha respetado con claridad la objeción de conciencia al ya desaparecido servicio militar obligatorio. Tuvo que ser el Tribunal Constitucional el que obligara al Gobierno socialista de Felipe González a respetar el derecho a la objeción de conciencia del personal médico y sanitario dependiente del Estado que por motivos de conciencia se negara a practicar un aborto en los supuestos despenalizados por la ley del aborto de 1985.
A pesar de ello, en algunas comunidades autónomas gobernadas por el PSOE, como es el caso de Andalucía, se sigue acosando desde las instituciones a aquellos médicos de la sanidad pública que deciden ejercer este derecho constitucional. Este acoso coincide con las declaraciones de no pocos dirigentes socialistas, que a estas alturas de la democracia siguen sin aceptar que los ciudadanos podamos acogernos al derecho a la objeción de conciencia en aquellas cuestiones que no coinciden ideológicamente con los planes del PSOE, como ha demostrado este viernes la Vicepresidenta Fernández de la Vega.
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Para más información:
HO Redacción Sáb, 23/04/2005 - 14:21h










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