UDC enmienda la Ley Biomédica en defensa del embrión, avalado en la Ciencia
REDACCIÓN HO, FORUM LIBERTAS.-?La utilización del término ?preembrión? no tiene otra finalidad que desproveer al embrión temprano de su característica biológica fundamental de ser humano vivo?, dice, entre otras cosas, una de las enmiendas presentadas por cuatro diputados de Unió Democrática de Catalunya (UDC) al Proyecto de Ley de Investigación Biomédica y cuyo texto completo ofrece Forum Libertas aquí .
Otros aspectos del proyecto que pretende convertir en ley el Ejecutivo de Zapatero, como las técnicas de la mal llamada ?clonación terapéutica?, la destrucción de los embriones utilizados, el posible carácter lucrativo de las donaciones, o la investigación con discapacitados, son rebatidos también por las ocho enmiendas que presenta el partido que lidera Josep Antoni Duran i Lleida.
Junto con los diputados Josep Sánchez Llibre, Josep María Guinart y Pere Grau, el portavoz del Grupo Parlamentario Catalán de Convergencia i Unio en el Congreso, Duran i Lleida, se acogen al artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara para presentar las enmiendas al proyecto de ley, que entregaron al Congreso de los Diputados el pasado 5 de diciembre.
?Grave equívoco biológico?
Tanto en una primera enmienda, la redactada ?a los efectos de modificar el artículo 1 de dicho texto y de todos aquellos otros artículos donde aparezcan las palabras ?preembrión? o ?preembriones??, como en otra, a los efectos de suprimir las letras I) y s) del artículo 3, se pide que sean sustituidas ?por ?embrión? o ?embriones??, o se supriman ?cuando el precepto ya contenga estas últimas expresiones?, dice el texto de Unió.
Partiendo de la base de que los términos ?embrión? o ?embriones? son los ?científicamente empleados para referirse al estado preimplantacional?, la utilización del término ?preembrión? no es ?solamente una manipulación semántica?, sino también ?un grave equívoco biológico?, dice esta primera enmienda de UDC.
?El proyecto de Ley utiliza de forma sistemática el término prembrión para denominar al embrión preimplantado, término que, a nuestro juicio, carece de respaldo científico para ser utilizado?, continúa el texto.
Se trata de un término propuesto por la Comisión Warnock, que establecía que ?los embriones humanos podían ser manipulables hasta los 14 días después de la impregnación del óvulo por el espermatozoide, aunque dicha Comisión admitía, en ese mismo documento, que la vida del embrión humano comienza precisamente con la fecundación?, sigue.
?La utilización de este término no tiene otra finalidad que desproveer al embrión temprano de su característica biológica fundamental de ser humano vivo, dado que así se abre la posibilidad de manipularlo sin ninguna responsabilidad ética [...] No hay ninguna razón científica que justifique el denominar al embrión humano preimplantado como preembrión?, añade.
El texto concluye asegurando que su utilización, como ocurre en el proyecto de ley, ?tiene una connotación ideológica más que científica, con la finalidad de desproveer al embrión de su categoría ontológica de ser humano vivo, para así poder manipularlo sin ninguna responsabilidad ética?.
Clonación: destrucción de vida
Dos enmiendas más pretenden, con los mismos argumentos, ?suprimir el apartado 2 del artículo 33? y ?los apartados 2 c) y 2 e) del artículo 34? del referido texto.
Y lo hacen ?en coherencia con la enmienda 106 presentada por los mismos diputados al Proyecto de Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, cuyo contenido era: ?Se prohíbe la concepción in vitro de embriones con finalidad de investigación. Está igualmente prohibida toda constitución por clonación de un embrión humano con cualquier finalidad??.
?Lo que el Proyecto de Ley define en este artículo como ?activación de ovocitos mediante transferencia nuclear? no es sino una técnica de clonación que supone la creación de un embrión y su posterior destrucción con finalidad de investigación y experimentación?, dicen las ponencias, que añaden que estas técnicas son lo que se conoce ordinariamente como ?clonación terapéutica?.
?Carácter lucrativo?
?Modificar el artículo 29? del Proyecto de Ley es lo que demanda otra de las ponencias, que hace referencia a los requisitos relativos a las donaciones.
Entre otros aspectos, la redacción que se propone deberá cumplir los siguientes requisitos: ?que los donantes sean los progenitores?; que ?otorguen su consentimiento previo, de forma libre, expresa y consciente, y por escrito?; ?que los donantes sean previamente informados de las consecuencias y de los objetivos y fines a que puede servir la donación?; ?que la donación y utilización posterior nunca tengan carácter lucrativo o comercial?; que los embriones o fetos objeto de la donación sean clínicamente no viables o estén muertos?.
Por su parte, ?el Proyecto de Ley elimina injustificadamente la restricción establecida en la Ley 42/1988, de 28 de diciembre, de donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos, en el sentido de que ?la donación y utilización posterior (de los embriones y fetos humanos) nunca tengan carácter lucrativo o comercial??.
Y, del mismo modo, ?el Proyecto de Ley sustituye la expresión de ?progenitores? de los citados embriones y fetos, utilizada en los artículos 2a) y f) de la Ley 42/1988, por la de ?personas de las que provienen?. Es un cambio semántico que supone, aparentemente, un avance en la cosificación del embrión y del feto.
Una posterior enmienda, que pide modificar el apartado 1 del artículo 32 del texto, insiste en los mismos términos que la descrita anteriormente, o sea, se propone que ?la investigación con ovocitos y preembriones deberá contar con el consentimiento de los progenitores, los cuales podrán revocarlo en cualquier momento?.
Utilización de discapacitados
Por último, dos enmiendas más proponen suprimir el artículo 21 y el apartado 2 del artículo 20 del proyecto del Ejecutivo de Zapatero. Los argumentos son que ?es más que discutible, desde el punto de vista ético, que pueda investigarse con discapacitados sin que sea previsible que la investigación vaya a producir resultados beneficiosos para la salud del mismo paciente, aunque ello pueda suponer un resultado beneficioso para otras personas.
CFuencisla Sáb, 23/12/2006 - 00:15h










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