Varapalo del TS al adoctrinamiento del Gobierno a través de EpC

Tribunal Supremo

El Supremo advierte al Gobierno que la asignatura debe ceñirse a los preceptos constitucionales y recuerda el derecho de los padres a recurrir a los tribunales. 

REDACCIÓN  HO.- El Tribunal Supremo ha dado a conocer el contenido íntegro de las cuatro sentencias sobre Educación para la Ciudadanía, de las que hasta hace unas horas tan solo se conocía un breve resumen. Diez de los 29 magistrados (el 34% de la Sala) han emitido votos particulares en todas las resoluciones. 

Tal como apuntaba HO cuando se conoció la nota de prensa que daba escueta noticia de la decisión del TS, el Gobierno se precipitó al celebrar el supuesto triunfo de sus tesis.

En los textos íntegros de las sentencias conocidas hoy (al final de este artículo se adjuntan la sentencia de Andalucía y una resolución de Asturias), el alto tribunal niega ciertamente el derecho  la objeción de conciencia para, a continuación, advertir severamente al Gobierno acerca de sus eventuales veleidades adoctrinadoras.

En el fundamento décimo de la sentencia referida a Andalucía, el Tribunal Supremo advierte:

El hecho de que la materia Educación para la Ciudadanía sea ajustada a derecho y que el deber jurídico de cursarla sea válido no autoriza a la Administración educativa -ni tampoco a los centros docentes, ni a los concretos profesores- a imponer o inculcar, ni siquiera de manera indirecta, puntos de vista determinados sobre cuestiones morales que en la sociedad española son controvertidas.

Además el  Supremo señala que la normativa de EpC debe concretarse de acuerdo con los preceptos constitucionales:

Los contenidos de EpC han de experimentar ulteriores concreciones a través del proyecto educativo de cada centro y de los textos que se utilicen, así, como, obviamente, de la manera en que se expongan.

Proyectos, textos y explicaciones que deben moverse en el marco que hemos trazado de manera que el derecho de los padres a que se mantengan dentro de los límites sentados por el artículo 27.2 de la Constitución y a que, de ningún modo, se deslicen en el adoctrinamiento por prescindir de la objetividad, exposición crítica y del respeto al pluralismo imprescindibles, cobra aquí también pleno vigor.

El Tribunal Supremo deja también claro que los padres objetores están en su derecho a dirigirse a los tribunales en busca de amparo cuando los contenidos vulneren las normas constitucionales y caigan en el adoctrinamiento:

En particular, cuando proyectos, textos o explicaciones incurran en tales propósitos desviados de los fines de la educación, ese derecho fundamental les hace acreedores de la tutela judicial efectiva, preferente y sumaria que han de prestarles los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, los cuales habrán de utilizar decididamente, cuando proceda, las medidas cautelares previstas en la Ley de la Jurisdicción para asegurar que no pierdan su finalidad legítima los recursos que se interpongan.

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Eso es lo que esperábamos

Eso es lo que esperábamos oir. Ahora falta que esto se ponga en práctica modificando por completo los currículos o eliminando una asignatura que sólo sirve para hundir más nuestro sistema educativo. Si no es así, quizá nos veamos abocados a una sucesión interminable de denuncias contra tal texto otal profesor por explicar su moral.

Con el adoctrinamiento (más

Con el adoctrinamiento (más que previsto en la EpC por sus inventores y defensores) ¡¡tolerancia cero!! La importante y hermosa -y dura- batalla de los objetores amantes de la libertad puede decirse que ¡¡empieza ahora!!, en mi opinión.

Me parece que no os habeis

Me parece que no os habeis enterado bien. El TS ha juzgado los currículos de EpC y ha dictaminado que no son objetables, ergo no hay nada en ellos que imponga una moral privada determinada, y mucho menos que viole el artículo 23.7 de la Constitución. El varapalo es para los objetores- ahora oficialmente insumisos-, a los que no queda más recurso que llevar a juicio a los profesores de sus hijos. Los currículos del ministerio están libres de polvo y paja, como se sabía desde el principio.

Creo que sabes leer solo lo

Creo que sabes leer solo lo que te interesa... Por cierto, insumisos no... Objetores...

Estas sentencias son aplicables solo a las cuatro familias inmersas en los recursos resueltos. Y hay muchísimos que siguen estando amparadospor sentencias y autos que estas sentencias del TS no anulan.Si el Ministerio creía que esto se había acabado, está muy equivocado (tanto como tú)... O negocia con el movimiento objetor la modificación de los currículos de EpC, o esto no ha hecho más que empezar.

Tres magistrados que han

Tres magistrados que han votado el fallo del TS sobre EpC defienden la objeción de conciencia.

Perdón: "Siete votos

Perdón: "Siete votos particulares defienden la objeción de conciencia" (El País). No tres.

En realidad, son diez...

En realidad, son diez... Aclaremos...

Tres son de los que denegaron el reconocimiento a las cuatro familias afectadas por los recursos que se han resuelto, pero la admiten en otras determinadas situaciones. Y siete son los que eran partidarios de reconocer la objeción incluso a esas cuatro familias. Total, diez.

http://www.hazteoir.org/node/17390


 

Nuestra objeción de

Nuestra objeción de conciencia es un medio, no un fin. El fin es impedir que el Estado pueda arrogarse la facultad de adoctrinar a nuestros hijos en temas morales, puenteando los derechos de los padres. Y dicho fin ha quedado asegurado por las sentencias del TS. Hemos ganado la batalla y alcanzado nuestros objetivos, que no son el reconocimiento de la objeción, sino la educación en libertad de nuestros hijos. Los recalcitrantes defensores de la EpC zapateril podéis decir lo que mejor os parezca y revolveros como gatos panza arriba, pero lo cierto es que el TS ha salido garante de nuestros derechos paternos, tal y como dispone la Constitución. Objeción sí o objeción no es lo de menos. Lo importante es la educación en libertad de nuestros hijos. Y ésta ha sido protegida de modo contundente. El TS ha abierto una caja de truenos contra todo gobierno, administración, colegio, profesor o libro que se entrometa en cuestiones morales controvertidas. ¡Un varapalo mayúsculo contra las pretensiones totalitarias, no sólo de este gobierno, sino de cualquier institución o persona que pretenda introducirlas! La victoria es mucho mayor que si esas sentencias se hubiesen limitado a reconocer la objeción a esas cuatro familias. Y que quede claro que, aunque el TS no ha admitido la objeción de esos cuatro casos, eso no quiere decir que no vaya a admitirla en otros de los 1600 que hay actualmente en proceso judicial, ni que esas familias no puedan recurrir a instancias judiciales superiores, que lo harán, hasta Estrasburgo si es preciso. Tampoco significan las sentencias que al TS le parezcan estupendos los RRDD, como alguno pretende afirmar por aquí, puesto que los magistrados han detectado que a partir de ellos pueden realizarse abusos adoctrinadores, posibilidad a la que ha puesto un veto claro y de un alcance impresionante. ¡Hemos ganado, pese a quien pese, y mucho más incluso de lo que nos esperábamos! Y si alguien no se lo cree, que se lo pregunte a las administraciones, colegios y profesores que se van a ver sentados en los banquillos de los juzgados como se pasen un pelo y a las editoriales que van a tener que convertir sus libros tendenciosos en pasta de papel. José Rafael Sáez March Licenciado en Pedagogía Valencia

El hijo de la Luz: Para los

El hijo de la Luz: Para los Católicos, el adoctrinamento de EpC es algo intolerable, es una intromisión o mejor una religión que el actual gobierno socialista intenta inculcar a los ciudadanos, con la obligatoriedad de la asignatura. Este proceder es propio de las dictaduras, en donde los gobiernos intentan inocular a los ciudadanos su visión de la moral, que no se aplica solo al comportamiento cívico de las personas, pero lo que es inadmisible, a la manera de apreciar lo que es pecado o virtud, lo que es del dominio exclusivo de las Religiones. Y así cuando la Religión enseña que hay que respetar la vida que es sagrada en sus comienzos y en su final, y prohibe el aborto y la Eutanasia porque son acontecimientos que provienen del Creador y solo Él pude disponer, o cuando la Religión dice, que se llama matrimonio a la unión de un hombre con una mujer, porque así lo hizo el Creador, los socialistas quieren imponer lo contrario a todos los individuos, se trata pues de un adoctrinamento que va en contra de la conciencia de ciertos individuos y coharta la libertad de opinión de los ciudadanos que por sus creencias, no comulgan con sus ideas. Como las posiciones son opuestas, el gobierno quiere a toda costa enseñar su doctrina aunque sea contraria a la religión de los creyentes, los cuales tienen que obedecer antes a Dios que a los hombres, y por eso no pueden admitir ese adoctrinamiento. Este gobierno, bajo formas de Democracia, es pues una Dictadura de Izquierdas encubierta, que quiere a toda costa perpetuarse en el poder, intentando para ello, cambiar por la fuerza la conciencia de los ciudadanos que no comulguen con sus ideas, que son buenas para los hedonistas, pero criminales para los verdaderos creyentes.