Murcia pretende obligar a asistir a clase a los hijos de objetores a EpC

Ramón Luis Valcárcel

La Consejería de Educación, Formación y Empleo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia enviará una circular a todos los centros "diciendo que, por ley, todos los alumnos deben asistir a clase y examinarse" de la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC). ¡Denuncia este nuevo atropello a los derechos fundamentales de los padres y sus hijos!

Amparándose en un auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) que deniega la exención cautelar en EpC que solicitaban unos padres objetores para su hija hasta que la Sala dicte sentencia, el Gobierno murciano pretende obligar a todos los hijos de objetores a entrar a esas clases por la fuerza.

Para justificar ese drástico cambio en su actitud respecto de la objeción y el alejamiento evidente de las directrices marcadas por el XVI Congreso del PP celebrado en Valencia, el Ejecutivo regional además de convertir falsamente en sentencia el mencionado auto, asegura que la citada resolución judicial establece la obligación de la asistencia a clase y el examen de la asignatura para de todos los alumnos, cuando lo cierto es que tan sólo se refiere a la alumna mencionada.

La Consejería amenaza con que, según la normativa nacional y la autonómica de esa Región, estos alumnos no sólo podrían ser suspendidos, sino que se les podría negar la promoción y titulación en ESO, tal y como parece recogerse en la ambigua circular que la Consejería envió a todos los centros educativos el pasado 26 de marzo, así como en la Orden de 12 de diciembre de 2007 de la Consejería de Educación que regula la evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria.

Igualmente, los alumnos quedan en situación de total indefensión legal ante la posibilidad de que se les apliquen medidas disciplinarias directas, tal y como aparece recogido en el Decreto número 115/2005, de 21 de octubre, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares.

Todo esto convierte a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en la que de una forma más dura e inapelable puede reprimir y violar los derechos fundamentales de los padres objetores de conciencia a la EpC de toda España. Gobernada por el Partido Popular, demuestra por enésima vez el enorme engaño y la gran estafa que este partido político está perpetrando en lo relativo a este tema a nivel nacional. ¡Denuncia este nuevo atropello a los derechos fundamentales de los padres y sus hijos!

Todas las leyes tienen algo

Todas las leyes tienen algo en común, hay que cumplirlas. Por supuesto que está el derecho a la objeción, pero no nos olvidemos que es una ley.

Tú mismo lo dices: "está

Tú mismo lo dices: "está el derecho de objeción". Un derecho que desde luego no habría que invocar si la LOE no obligara a dar esas materias y las contempolara como opcionales. Por otra parte, el objetor no incumple en realidad ninguna ley, pues para quedar eximido de la obligación que impone la LOE le ampara la Ley de Leyes: la Constitución. Así lo establece la Sentencia 15/1982 del TC, de 23 de abril (FJ 6º), que reconoce el derecho a la objeción de conciencia, directamente derivado de la Constitución Española (art. 16.1): http://www.boe.es/g/es/bases_datos_tc/doc.php?coleccion=tc&id=SENTENCIA-1982-0015 “Tanto la doctrina como el derecho comparado afirman la conexión entre la objeción de conciencia y la libertad de conciencia. Para la doctrina, la objeción de conciencia constituye una especificación de la libertad de conciencia, la cual supone no sólo el derecho a formar libremente la propia conciencia, sino también a obrar de modo conforme a los imperativos de la misma. (…) Y, puesto que la libertad de conciencia es una concreción de la libertad ideológica, que nuestra Constitución reconoce en el art. 16, puede afirmarse que la objeción de conciencia es un derecho reconocido explícita e implícitamente en el ordenamiento constitucional español (…)”. Y lo reitera la Sentencia 53/1985 del TC, de 11 de abril (FJ 14º): http://www.boe.es/g/es/bases_datos_tc/doc.php?coleccion=tc&id=SENTENCIA-1985-0053 “No obstante, cabe señalar, por lo que se refiere al derecho a la objeción de conciencia, que existe y puede ser ejercido con independencia de que se haya dictado o no tal regulación. La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en el art. 16.1 de la Constitución y, como ha indicado este Tribunal en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable, especialmente en materia de derechos fundamentales”.

"Todas las leyes tienen

"Todas las leyes tienen algo en común: hay que cumplirlas". Por eso mismo supongo que no hay ningún motivo para excluir de esa generalización las Leyes de Nüremberg de 1935 y una enorme lista de "productos legislativos" vigentes en ciertos lugares del mundo a lo largo de todo el siglo XX. Como es evidente, el positivismo jurídico se niega a sí mismo.

Pese a eso, cabe constatar que el primer obligado a cumplir las leyes es el Gobierno de turno, empezando por la propia Constitución. Pero nuestro actual Gobierno es partidario de la aplicación de las leyes "según lo aconseje la jugada", por lo que parco ejemplo nos dan a los ciudadanos. En un estado en el que la seguridad jurídica ha volado por los aires, resulta un tanto jocoso agarrarse a esa máxima de que la ley está para cumplirla: depende de cuando, de cómo y de quienes, para unos sí, para otros no, en ciertos momentos sí, pero en otros no. Sígale la pista a un tal Bermejo, ya verá.

En fin, ya lo ha documentado muy bien Líbero: si el Gobierno no hubiera incumplido la ley con su EpC, no tendríamos motivos para objetar. Así que, ciertamente, si la ley está para cumplirla, empiece el Gobierno por hacerlo y los demás quedaremos liberados de estas batallas que nunca hubiéramos deseado emprender.

Sin animo de ofender, me

Sin animo de ofender, me gustaria que me explicaseis que os incomoda de la asignatura, sólo quiero documentarme, no provocar

Como Católico, respeto a

Como Católico, respeto a los homosexuales, no comparto sus principios, pero los respeto. No creo que tenga nada de malo la clase de educación para la ciudadanía, solo habla del respeto, de las leyes que hay en España sobre ese tema. Vuelvo a repetir, no comparto esos principios, pero los respeto. Entonces no entiendo la postura de tantos padres objetores, ahora si, sea el motivo que sea, los padres deciden la educación para sus hijos, y si ellos no quieren que su hijo/a curse esa asignatura está en todo derecho!

El Sultán Orhan I,

El Sultán Orhan I, gobernante del incipiente Imperio Otomano, fundó el Cuerpo militar de los jenízaros alrededor de 1330. ¿De quien se componía ese cuerpo de élite a las órdenes del Sultan? Algo muy perverso: Los hijos de los cristianos vencidos eran arrebatados a sus padres, mimados, educados, adiestrados para la guerra y -llegado el momento-lanzados a la misma contra los suyos... La EPC implica una perversión similar.

Muy buen apunte histórico,

Muy buen apunte histórico, espero que sólo quieras divulgar la historia y no hacer símiles de mi nick con mi persona. Soy un enamorado de la historia y de las grandes batallas. También podría haber usado el nick de almogavares, otro cuerpo de élite de la Corona de Aragón, muy fiero y que causaba espanto en el enemigo. Por cierto, eran cristianos, si no recuerdo mal.

Aquí se está confundiendo

Aquí se está confundiendo al personal. Que la objeción de conciencia no necesite una ley que la regule no quiere decir que cada cual esté legitimado para saltarse una ley cuando le dé la gana, obviamente. Es la instancia judicial correspondiente la que tiene que dictaminar si se está en disposición de acogerse al derecho a la objeción o no. De no ser así el Estado de Derecho colapsaría. La Consejería de Educación murciana no ha hecho más que informar a los centros de que según la sentencia del TSJ EpC sigue siendo obligatoria hasta sentencia firme. Sería un acto de irresponsabilidad institucional y jurídica confundir a los padres con respecto a lo que la legalidad vigente establece.

Lo que yo me pregunto es que

Lo que yo me pregunto es que pasaría si todos los profesores y todos los alumnos se acogiesen a la objeción de conciencia en todas las asignaturas. Si se permite en EPC, ¿por qué no en todas las demás?

La conciencia está por

La conciencia está por encima de las leyes. La conciencia, así como los derechos fundamentales, son inherentes al ser humano y están por encima de que el Gobierno los reconozca o no. Si el Gobierno no los reconoce, se trata de un gobierno ilegítimo. Está bien plantear objeción de conciencia, incluso como labor social, pero hay que tener claro que uno no va a hacer, con su propia voluntad, dejación de sus derechos fundamentales, ni vulneración de los derechos fundamentales de sus propios hijos. Creo que no se puede enviar a los niños a una clase para que los perviertan, ni se debe participar en nada de esto con la propia voluntad. Así los niños sabrán que hay que hacer el bien aunque a uno le cueste. Sería la mejor lección.

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