Cinco objetores del Instituto Español de Lisboa recurren ante la Justicia
Su abogado cuenta que el consejero de Educación de la Embajada de España, en un correo electrónico dirigido a las familias objetoras, escribió lo siguiente: "respeten las leyes, fundamentalistas".
REDACCIÓN HO Y EUROPA PRESS.- El abogado sevillano Carlos Seco ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha formulado un recurso contencioso-administrativo en representación de cinco familias objetoras contra la denegación por parte de la embajada de España en Portugal del reconocimiento de la legitimidad de sus declaraciones de objeción de conciencia frente a Educación para la Ciudadanía.
Se trata de familias españolas y portuguesas cuyos hijos cursan estudios en el Instituto Español Giner de los Ríos de Lisboa, según informó Europa Press, citando al letrado.
Se trata, según dijo Carlos Seco, de la "primera vez" que el TSJM tramita un recurso contra denegaciones de objeción de conciencia, en este caso dictadas por el consejero de Educación de la embajada española, Francisco España, quien en sus resoluciones habría alegado la "obligatoriedad" de la materia imponiendo la "pérdida del derecho a la evaluación continua" en Educación para la Ciudadanía por la acumulación de faltas "injustificadas" de asistencia.
De hecho, y como en su día informó HO y Carlos Seco recuerda, el consejero de Educación envió una carta a los tutores de los alumnos objetores para ratificar la tesis de que "la asignatura es obligatoria" y que, en caso de no converger con esta idea, siempre tenían la posibilidad de dirigir la educación de sus hijos a un centro "más acorde con sus deseos y su concepción educativa moral y religiosa".
El jurista sevillano lamentó que Francisco España incluso respondiera a un correo electrónico a las familias objetoras del Instituto español Giner de los Ríos de Lisboa con la advertencia de "respeten las leyes, fundamentalistas", según el texto del correo electrónico devuelto a estas familias .
El recurso solicita medidas cautelares de suspensión de las resoluciones de denegación para "eximir" a estos menores de la obligación de cursar EpC y de ser evaluados en ella, sin que tal cosa tenga repercusiones académicas negativas para los alumnos.
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