El TSJ de Castilla y León emite 12 autos que amparan a los objetores a EpC
Las resoluciones eximen provisionalmente de cursar esas materias a hijos de familias de Burgos, Salamanca, Valladolid, Soria y Segovia.
REDACCIÓN HO.- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha emitido doce autos de suspensión cautelar (uno de los cueles se incluye como documento adjunto), por los que deja provisionalmente sin efecto la obligación de cursar las asignaturas de Educación para la Ciudadanía (EpC) para 16 hijos de familias objetoras de la región.
Del primero de ellos, que resuelve otorgar las medidas provisionales que unos objetores de la provincia de Burgos solicitaban para su hijo, ha dado cuenta durante la mañana de este miércoles el Foro Español de la Familia.
Durante el resto de la jornada de hoy, según comunica a HO Lourdes Ruano Espina, portavoz de Salamanca Educa en Libertad, las familias objetoras castellano-leonesas han recibido las notificaciones de 11 autos más que también otorgan a los interesados la exención cautelar que permitirá a sus hijos no cursar EpC hasta que el propio Tribunal dicte sentencia. De estas 11 resoluciones, 3 amparan a 4 niños de Salamanca, 2 eximen a 3 alumnos de Valladolid, 5 amparan a 7 estudiantes de Soria y uno otorga las medidas cautelares al hijo de unos objetores de Segovia.
"Confiamos en que en los próximos días nos vayan notificando más autos de medidas cautelares, puesto que hay bastantes más familias que solicitaron al TSJ las medidas cautelares que ha concedido a los afectados por las resoluciones de las que hoy hemos tenido noticia", ha declarado a HO Lourdes Ruano. "A quien hay que felicitar y reconocer un enorme mérito es a los abogados que representan desinteresadamente a las familias objetoras de la región y a todos los padres objetores -los que ya han obtenido el amparo provisional del Tribunal y los que están a la espera de lograrlo-, que han mostrado una firmeza en sus convicciones a prueba de todo consejero", ha añadido cuando esta redacción la ha felicitado.
Argumentación de las resoluciones
Los 12 autos, que resuelven estimar la solicitud de la medida cautelar de dejar en suspensión la ejecutividad de las resoluciones del consejero de Educación, Juan José Mateos, por las que se denegaba el reconocimiento del ejercicio del derecho de objeción de conciencia a EpC, admiten la probabilidad de que esas asignaturas y sus criterios de evaluación puedan afectar al derecho a la libertad ideológica (art. 16.1 de la CE) y al derecho a decidir la formación moral de los hijos de quienes han planteado la objeción de conciencia (art. 27.3 de la CE), pero eluden pronunciarse sobre la cuestión de fondo: si se producen o no estas vulneraciones y, en caso afirmativo, en qué medida. Eso ha de ser resuelto mediante las futuras sentencias que el TSJCyL dicte para resolver los recursos presentados por las familias objetoras.
Las resoluciones notificadas hoy exponen que en la tesitura de un hipotético fallo que estime el recurso de los padres sobre la objeción de conciencia, si no se adoptara la medida cautelar, éste perdería "sin género de dudas" su finalidad. Así mismo, afirman que los derechos que pudieran verse afectados no admiten genuina reparación "in natura" en caso de vulneración.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL también indica que, a diferencia de otras asignaturas, en virtud de lo dispuesto en los currículos fijados tanto por la Administración General del Estado como por la Junta de Castilla y León en afinidad con ella, la superación de las materias de EpC no sólo implica recibir unos determinados conocimientos, sino que se exige del alumno "que los incorpore a su comportamiento para siempre".
"En suma, se entiende que se produciría una clara pérdida de finalidad del presente recurso si no se accede a la medida cautelar solicitada", indica la Sala, que también tiene muy presente que la duración del proceso sería "porcentualmente muy significada" en relación con la duración del curso académico y, por tanto, también lo serían la recepción y la asimilación de contenidos por parte de los alumnos cuyos padres han planteado los recursos ante el TSJCyL.
El abogado de la mayoría de los afectados comenta los autos
Francisco José Ramos Vega, letrado del Colegio de Abogados de Salamanca y defensor de numerosos padres objetores, considera muy probable que en los próximos días sean notificados nuevos autos de medidas cautelares y ha recordado que el TSJCyL acumula más de 250 recursos judiciales presentados por padres objetores, a los que la Junta de Castilla y León ha negado el derecho a objetar a Ciudadanía (denegando o inadmitiendo la objeción de conciencia). Así mismo, ha destacado que las objeciones presentadas en la comunidad castellano-leonesa superan los 3 000, pero la Consejería de Educación, ante la avalancha de recursos judiciales, se ha negado a responder al resto de padres objetores, hasta que no se hayan dictado las primeras sentencias.
Al abogado le parece llamativo que, frente a la defensa de los derechos de los padres a que sus hijos sean educados de acuerdo con sus convicciones morales, la Administración haya alegado, entre las causas por las que se opone a la concesión de esta medida cautelar, el supuesto "perjuicio organizativo y económico general", que no ha sido acreditado. Ha resaltado además que los magistrados recuerdan a la Consejería que ni siquiera ha contestado a los recursos potestativos de reposición que muchos padres objetores interpusieron.
Finalmente, ha destacado que, con estas resoluciones judiciales favorables a los objetores, el TSJ de Castilla y León se suma a los tribunales de Andalucía, Castilla-La Mancha, Aragón y La Rioja y que en todas estas comunidades autónomas se han emitido más de 140 resoluciones judiciales favorables a los objetores.
Valoración del Foro Español de la Familia
Benigno Blanco, Presidente del Foro Español de la Familia (FEF) -al que está adherido HO- celebra la decisión del TSJCyL porque "reconoce el derecho de los padres castellano y leoneses a educar en libertad; el territorio libre de la imposición de EpC en España se amplía; la mancha de la libertad crece aunque sigan existiendo territorios oscuros donde ni Administración ni Tribunales actúan en defensa de la libertad como Navarra o Asturias. El Foro de la Familia confía en que nuevos Juzgados y Tribunales vayan sumándose y comprometiéndose con una efectiva protección de los derechos constitucionales de libertad de educación y objeción de conciencia; así como lo acaba de hacer este de Castilla y León".
Por su parte, José Manuel Cantera Quitián, Portavoz en Castilla y León del Foro Español de la Familia, añade que con estas resoluciones, "queda claro que, también en Castilla y León, con la imposición de Educación para la Ciudadanía se está jugando con derechos fundamentales", por lo que espera "que la Junta extienda esta suspensión cautelar a todos los alumnos objetores de nuestra región, para garantizar que, por su actuación, no se vean vulnerados estos derechos constitucionales".
Así, puntualiza Cantera Quitián: "Si algún padre de Castilla y León aún no había presentado su objeción por tener alguna duda sobre su validez, esta decisión del más Alto Tribunal de la región, debería dejarle las cosas totalmente claras."
A este respecto, Blanco recuerda que "el Foro Español de la Familia, que ya contabiliza más de 45.000 objeciones de conciencia, de las cuales más de 3.000 pertenecen a Castilla y León, aconseja a todos los padres de familia con hijos en edad escolar que presenten la objeción de conciencia frente a esta asignatura para garantizar que sus hijos sean educados en materias de hondo calado moral y personal conforme a los criterios que los padres consideramos más idóneos para su felicidad personal y acierto en la vida y no conforme a los criterios ideológicos de un gobernante o profesor cualquiera."
El presidente del FEF insiste también en que "la objeción de conciencia contra a la asignatura EpC se realiza mediante un escrito dirigido a la Consejería de Educación". Todos los pasos para formalizar el escrito están explicados en http://www.objetamos.com/. Además, el Foro de la Familia recuerda la existencia del Servicio de Asistencia Jurídica al Objetor, una red de abogados y procuradores que les atenderán y defenderán sus derechos de manera desinteresada.
Quienes deseen más información pueden llamar al teléfono 91.413.29.57.
| Adjunto | Tamaño |
|---|---|
| Auto de medidas cautelares del TSJCyL (7-11-08) | 1.08 MB |
CFuencisla Mié, 12/11/2008 - 18:16h
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