La Fiscalía remite al juzgado la denuncia contra Pérez Royo
La interpusieron varios jueces del TSJA, por presuntas calumnias e injurias en un artículo publicado en El País y el fiscal aprecia posibles indicios de delito.
EFE.- La Fiscalía ha remitido al juzgado de guardia de Madrid la denuncia por injurias que han presentado contra el catedrático sevillano Javier Pérez Royo los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anularon parte de los contenidos de la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC).
La denuncia se refiere a un artículo firmado por Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, en 'El País' poco después de la sentencia que anuló, en abril pasado, los contenidos referidos a ideología de género en la asignatura que se imparte en Andalucía.
Fuentes judiciales sevillanas han dicho hoy a Efe que la denuncia de los jueces del TSJA, presentada ante la Fiscalía de Sevilla, fue remitida a la Fiscalía de Madrid como ciudad donde se publica la edición nacional de 'El País'.
El fiscal ha acordado remitir la denuncia para que sea repartida entre los juzgados de instrucción de Madrid, al apreciar posibles indicios de delito, según las fuentes.
La denuncia por presuntas calumnias e injurias fue presentada en junio pasado por la mayoría de los jueces de la Sala Tercera de lo Contencioso del TSJA, con sede en Sevilla.
Entre otros comentarios, Pérez Royo culpaba a los jueces de 'cometer un delito de prevaricación', de 'desnaturalizar la institución' a la que pertenecen y decía que 'materialmente han actuado como unos delincuentes'.
'La desvergüenza de esta manera de proceder es difícilmente superable', decía en otra parte del artículo, y afirmaba que la sala cometió un delito de prevaricación, 'pero como sabe que nadie le va a exigir la responsabilidad penal que correspondería, ha decidido hacerlo'.
El artículo se publicó después de que la sala de lo Contencioso anulase, el 30 de abril pasado, el desarrollo en Andalucía de los contenidos de la asignatura referidos a ideología de género, homosexualidad y opciones vitales, que cree una 'ilícita invasión' en la ética, el derecho y la moral.
La sentencia consideró que esos contenidos anulados 'sobrepasan lo que es una enseñanza teórica y práctica de los principios democráticos de convivencia' y 'vulneran el principio de neutralidad ideológica de los poderes públicos'.
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