Nuevo auto de medidas cautelares favorable a una familia objetora de Huesca

Los hijos de una madre oscense quedan eximidos de cursar EpC hasta que se dicte sentencia.

REDACCIÓN HO.- El Juzgado Contencioso-Administrativo n.° 1 de Huesca dictó el pasado día 17 de julio un auto de medidas cautelares que, de forma provisional y hasta la resolución del procedimiento, autoriza que los hijos de una madre objetora de Huesca no cursen las materias conocidas como "Educación para la Ciudadanía" (EpC).

Esta es la tercera resolución de esta naturaleza emitida por el mencionado Juzgado, que ya había resuelto de igual forma en un auto acordado el 5 de junio y en otro de fecha 3 de julio.

Afirma Su Señoría que la "inasistencia de los alumnos a las clases presenciales de la asignatura 'Educación para la Ciudadanía', no provoca ningún daño a tercero". Pese a que la Abogacía del Estado argumentaba que no cursar EpC podría ocasionar un daño "al propio interés académico de los menores afectados" si la resolución del recurso fuese desfavorable a la parte recurrente, el juez estima que, en ese supuesto, "el daño académico causado a los menores afectados por la adopción de la medida cautelar solicitada sería inapreciable, dado que no estamos tratando de una asignatura de contenidos fundamentales para la formación académica de los menores y cuyos conocimientos serán imprescindibles para abordar con éxito sus futuros estudios, como serían las asignaturas con contenidos relativos a Matemáticas, Física, Química, Geología, Biología, Lengua Española, Literatura, Historia, Geografía, Arte, Música, Dibujo, Educación Física, Filosofía, etc...; sino que estamos ante una asignatura de nueva creación, que se impone a una generación de estudiantes que, según demuestran los estudios comparativos de la Unión Europea, es la que menos conocimientos tiene de las materias fundamentales en todo el continente europeo".

"En contraposición, las generaciones de estudiantes españoles anteriores al vigente sistema educativo alcanzaron mayores conocimientos sin necesidad de cursar 'Educación para la Ciudadanía', por lo que dicho argumento debe rechazarse", añade a continuación el texto del auto.

En cuanto a la supuesta perturbación del interés público invocada por las partes que se oponían a la concesión de la medida cautelar (la Abogacía del Estado y la Abogacía de la Comunidad de Aragón), Su Señoría determina que "dicho argumento debe rechazarse, pues es precisamente la legalidad de tal asignatura la que se cuestiona en el presente procedimiento, dado que dicha asignatura podría resultar contraria al Derecho de los padres a transmitir a sus hijos sus valores, Derecho recogido en la C. E.".

Por el contrario, para el juez, "resulta evidente que la tramitación ordinaria provocaría que los hijos menores de la parte actora recibieran una enseñanza, o adoctrinamiento, en unos valores que no son los compartidos por su progenitora, que es lo que ésta trata precisamente de evitar para los cursos siguientes, por lo que de no adoptarse la medida propuesta los alumnos recibirían tales enseñanzas no queridas, lo que mermaría la eficacia de una eventual Sentencia favorable a sus intereses, pues el resultado no querido ya se habría producido y los daños así causados no tienen posible reparación, ni moral ni económica; por lo que tampoco existe este óbice procesal respecto de la medida solicitada".

Finalmente, invoca también "la existencia de numerosos pronunciamientos judiciales en España contrarios a la obligatoriedad de la citada asignatura, por razón de sus contenidos, por afectar éstos al modo en que los progenitores tienen Derecho a educar a sus hijos, según señala el art. 27.3 de la C. E." y dispone "la concesión de la medida cautelar solicitada consistente en dejar en suspenso la obligatoriedad de cursar la asignatura 'Educación para la Ciudadanía' respecto de los hijos menores" de la recurrente.

Sencillamente fantástica la

Sencillamente fantástica la argumentación jurídica del auto en cuestión. Además de su lógica jurídicamente impecable, introduce elementos de orden psicopedagógico que suscribo plenamente.

José Rafael Sáez March
Licenciado en Pedagogía
Valencia

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