El FEF y CONCAPA valoran el nuevo amparo judicial en La Rioja a los objetores a EpC

Objetamos a EpC

El TSJ de la Rioja desautoriza totalmente como contraria a la Constitución la idea última inspiradora de la asignatura. La sentencia no sólo ampara la objeción de conciencia sino que además, establece que esta no puede tener consecuencia negativa alguna desde el punto de vista académico.

REDACCIÓN HO.- El Foro Español de la Familia (FEF) valora muy positivamente la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja en la que se reconoce el derecho a la objeción frente a Educación para la Ciudadanía. En un comunicado remitido a HazteOir.org incide en cómo expresamente la sentencia declara a los alumnos objetores exentos de cursar la asignatura de asistir a clase y de ser evaluados y precisa además que la objeción no puede "tener consecuencia negativa alguna a la hora de promocionar de curso y/o obtener los títulos académicos correspondientes'".

El presidente del FEF, Benigno Blanco, destaca igualmente que "la sentencia por tanto no sólo ampara la objeción de conciencia sino que además, establece que esta no puede tener consecuencia negativa alguna desde el punto de vista académico". Igualmente, Blanco afirma que "merece la pena también resaltar que la sentencia expresamente desautoriza el planteamiento de quienes defienden que existe una ética pública que se puede imponer desde el Gobierno, afirmando que esa postura ‘no tiene el menor amparo constitucional'. Con gran precisión afirma la sentencia que ‘la conducta humana de cada persona se rige por las normas de una sola ética con la que se resolverá el juicio moral concreto sobre cada acción de las personas'. Con estas afirmaciones el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja desautoriza totalmente como contraria a la Constitución la idea última inspiradora de EpC".

Asimismo, de forma expresa, la sentencia afirma que es contraria a la Constitución la difusión de la Ideología de Género a través del sistema educativo, dando así la razón completamente a los padres objetores.

Llamamientos al Ministerio y a la Junta de Castilla y León 

Con esta nueva sentencia, y la dictada esta misma semana por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el mismo sentido se va consolidando la doctrina de los Tribunales contraria a EpC. El Foro de la Familia hace un llamamiento a la ministra de Educación y a las Comunidades Autónomas para que pongan fin al ataque a las libertades y Derechos Constitucionales que supone EpC que está siendo desautorizado una y otra vez por los Tribunales de Justicia.

Por su parte, el portavoz del Foro de la Familia en Castilla y León, y Delegado en Burgos, del Foro Español de la Familia, José Manuel Cantera Quitián, ha saludado esta nueva Sentencia y ve en ella: "El espaldarazo jurídico que podría estar necesitando la Junta de Castilla y León para posicionarse del lado de los padres objetores, y evitarles así el paso por los Tribunales. Parece sencillo vistas las competencias autonómicas y el respaldo de estas sentencias."

Cantera Quitián, ha destacado que: "Esta es la primera sentencia que admite la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía en una Comunidad gobernada por el Partido Popular, en las que los Decretos Autonómicos de desarrollo han "suavizado" los contenidos de los Reales Decretos del Gobierno Central. Por ello, el argumento de la Consejería de Educación sobre que no es posible objetar en Castilla y León ha quedado superado".

Respecto a la fecha de la hipotética contestación denegatoria de la Consejería de Educación a los padres castellano leoneses objetores, José Manuel Cantera Quitián ha señalado que: "Espero en primer lugar que no se produzca dicha denegación, pero si al final se produce, el envío de notificaciones denegatorias a los padres objetores durante los meses de vacaciones, no podría interpretarse más que como una grave ofensa a los padres, generadora de indefensión". 

CONCAPA celebra la sentencia

También CONCAPA, que a través de su Federación en La Rioja -cuyo Secretario General se ha ocupado de la dirección jurídica del contencioso-administrativo- celebra el nuevo respaldo judicial a los objetores. "Esta Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja no sólo reconoce el derecho a la objeción de conciencia, tan gratuitamente puesto en duda por algunas otras instancias, sino que -como consecuencia directa del mismo- declara la exención a cursar la asignatura del hijo de los recurrentes, sin que ello suponga ningún perjuicio ni para la promoción de curso ni para la obtención del título académico correspondiente", afirma la Confederación de Padres en un comunicado remitido a HO.

"Con esta Sentencia, que tiene en consideración los previos pronunciamientos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, queda patente el reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia, al tiempo que se echan por tierra todas las amenazas que habían realizado las Administraciones educativas sobre la imposibilidad de pasar de curso o de titular si no se cursaba", añade CONCAPA. Así, CONCAPA vuelve a hacer un llamamiento a los padres de familia de toda España "para que objeten masivamente contra esta asignatura, con independencia de quien sea el Gobierno que lo promueva, por cuanto está en juego la libertad y el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus propios principios y convicciones, como reconoce el art. 27 de la Constitución Española y muchos otros Tratados internacionales".

Por último, CONCAPA vuelve a tender la mano al diálogo al Ministerio de Educación, proponiéndole el carácter voluntario de la asignatura y el consenso sobre sus contenidos "para poder formar a nuestros hijos exclusivamente en los derechos y deberes que emanan de nuestra Carta Magna".

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