Dos nuevos autos elevan a doce los fallos del TSJA a favor de los objetores a EpC

Objetores andaluces ante la Junta

Los dos nuevos fallos son otra vez resoluciones de medidas cautelares. Es decir, el Alto Tribunal acuerda la suspensión cautelar de la resolución recurrida.

ABC.ES, Mercedes Benítez, Sevilla.- Y van doce. Dos nuevos autos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía resolviendo a favor de dos padres de la provincia de Córdoba suman la docena de veces en las que se ha dictado a favor de los objetores contra Educación para la Ciudadanía (EpC).

Los dos nuevos fallos son otra vez resoluciones de medidas cautelares. Es decir, el Alto Tribunal acuerda la suspensión cautelar de la resolución recurrida. En este caso, los autos no entran en detalles como habían hecho en anteriores resoluciones, sino que se limitan a referirse al "criterio ya sentado en casos idénticos al presente".

Como en casos anteriores se trata de padres que presentaron objeción de conciencia contra Educación para la Ciudadanía. La Junta de Andalucía les negó la citada objeción para que sus hijos no acudieran a clase y, posteriormente recurrieron.

Ni absentistas ni merecedores de suspensos

El fallo debe implicar que los niños no sólo puedan dejar de acudir a las clases de la materia sino que además no sean suspendidos ya que en las dos evaluaciones de este curso Educación ha suspendido a los alumnos que no acudieron a clase calificándoles con un 1 en lugar de ponerles no evaluado. Hasta ahora sólo en la provincia de Jaén, la Delegación de la Junta ha decidido acatar medidas cautelares similares pese a haberlas recurrido.

A estos doce fallos favorables hay que sumar dos sentencias también dando la razón a los padres: una de Bollullos y otra de Málaga (este último para unos padres que no tienen ningún hijo cursando este año EpC).

Ni un solo pronunciamiento en contra

Ayer el letrado que recurrió la asignatura, Carlos Seco Gordillo, recordó que además de estos dos nuevos autos, ha presentado otros cinco recursos con lo que ya hay casi un centenar en el TSJA. Y que, hasta ahora no ha habido "ni un sólo pronunciamiento en contra".

Seco recordó que en los últimos autos el TSJA se remite a su propia doctrina para justificar la medida con lo que "parece querer indicarle a la Junta de Andalucía que sea ella misma quien deje de denegar este derecho a los padres, aún cuando tan sólo lo hiciera de forma cautelar, y así evitar que tengamos que acudir a los tribunales, pues la Consejería sigue obligando a los padres a acudir a los tribunales que éstos reconozcan el derecho del que somos titulares, y que la Administración le deniega pese a que todas las resoluciones son favorables a las familias".

Seco recordó la doctrina "constante" del TSJA "haciendo prevalecer el derecho de los padres a educar a sus hijos en libertad", mientras la consejería se "empecina tozudamente en su falta de voluntad negociadora y continúa sin querer modificar sus posiciones, pese a que todas las resoluciones ha resuelto en su contra".

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