Sentencia del TSJ de Andalucía que reconoce la objeción a EpC

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Andalucía, en una sentencia del 4 de marzo de 2008, decidió reconocer a unos padres de Bollullos Par del Condado (Huelva) el derecho a ejercer la objeción de conciencia frente a EpC y declarar que su hijo no debe cursar la asignatura, quedando exento de ser evaluado.

Sentencia en PDF:  http://www.hazteoir.org/files/STSJAnd-Obj.pdf

Sentencia en Word: http://www.hazteoir.org/files/STSAnd-Obj.doc

 

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