Texto íntegro de la denuncia de Manos Limpias contra la Asociación "Contra Poder"
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN QUE POR TURNO CORRESPONDA DE MADRID
El Sindicato CFP Manos Limpias y en su nombre y representación Don Miguel Bernad Remon, en calidad de Secretario General del Sindicato con D.N.I. Num. 12.135.624, con domicilio en la C/ Ferraz, 13, de Madrid, al amparo del artículo 262de la Ley de Enjuiciamiento Criminal,
“Los que por razón de su cargo, tuvieran noticia de algún delito publico estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competen te, al Juez de Instrucción”. Formula,
DENUNCIA
Contra los responsables de la denominada “ASOCIACION CONTRA PODER”, con sede en la facultad de Políticas y Sociología de la Universidad Complutense, por delito contra la libertad de conciencia y los sentimientos religiosos. La presente denuncia se basa en los siguientes:
HECHOS
Con fecha 10 de Marzo del 2011, en la Capilla del Campus de Somosaguas de la Universidad Complutense un grupo de unos setenta individuos pertenecientes a la “ASOCIACION CONTRA PODER” entró masivamente en el Templo ubicado en la facultad de Psicología.
Realizaron diversas pintadas vejatorias contra la Religión Católica y varias chicas se desnudaron de cintura para arriba junto al altar e hicieron alardes de su tendencia homosexual.
Los propios protagonistas grabaron en video todas las escenas, con la intencionalidad de colgarlo posteriormente en su página web y en las redes sociales.
Estos hechos, inciden en:
ILICITO PENAL
A tenor de lo preceptuado en los Artículos 524 y 525 del Código Penal:
“el que en el Templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas, ejecutare actos de profanación en ofensa de sentimientos religiosos legalmente tutelados, será castigado con la pena de prisión de 6 meses a un año o multa de 4 a diez meses”.
“Los que para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente de palabra, por escrito o por acción escarnio de sus dogmas, creencia, ritos o ceremonias o vejen, también públicamente a quienes lo profesan o practiquen, serán castigados con penas de multa de 8 a 12 meses”.
A) Los aspectos objetivos y sugestivos que integren esta conducta delictiva requieren de una actitud material con lo que queda eliminada la posibilidad de la omisión.
B) Así mismo exige un animus de cometer el tipo delictivo y como dolo duplicado, la exigencia de un deseo de profanación de sentimientos religiosos.
C) Las infracciones se encuentran consumadas desde el momento en que se llevan a cabo las actividades productoras de la ofensa a aquellos sentimientos, al margen de la posible perturbación producida.
D) La libertad religiosa y de culto está especialmente protegida en el Articulo 16 del TEXTO CONSTITUCIONAL, en su apartado de derechos fundamentales.
PROFANACION
La Jurisprudencia ha recogido la formulación de la profanación como el trato de una cosa sagrada o religiosa, sin el debido respeto, o dedicándola a usos profanos.
AUTORIA
Los autores han hecho manifestación pública de su actuación e incluso han manifestado la intención de colgar en su pagina web el video que grabaron de su actuación y posterior distribución en redes sociales.
En manifestaciones a la Agencia Europa Press dicen:
“Nos parece mal la presencia de una institución religiosa en la Universidad Publica,”
“La iglesia ha sido una aliada con la dictadura nacional-católica fascista”
“Denuncian una cruzada mediática para la criminalización de Somosaguas”
PRUEBA
Se adjunta como una de las pruebas la “notitia criminis”, aparecida en diversos medios de comunicación.
En su virtud,
S O L I C I TO de ese Juzgado:
Admita la presente Denuncia y se proceda a actuar conforme a Derecho corresponda.
Es justicia que pido en Madrid a 12 de Marzo de 2011.
EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO MANOS LIMPIAS: MIGUEL BERNAD REMON
OTROSI DIGO: Diligencias a practicar:
PRIMERO: Que se oficie a la Universidad Complutense con objeto de que ratifique los hechos denunciados.
SEGUNDO: Que se solicite a la Universidad Complutense la identidad del Capellán y de los alumnos que estaban en la Capilla y presenciaron los hechos denunciados.
TERCERO: Al Rector de la Universidad Complutense con objeto de que acredite el local que tienen asignado la ASOCIACION CONTRA PODER y las subvenciones que percibe por parte del Rectorado.
CUARTO: Que se recaben de la Agencia Europa Press las manifestaciones efectuadas por los responsables de la ASOCIACION CONTRA PODER.
QUINTO: Cuantas interesen al Juzgado y al Ministerio Publico
Es Justicia que reitero en Madrid a 12 de Marzo de 2011
- actos delictivos
- constitución española
- Democracia y participación
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- sacrilegio
PGH Vie, 18/03/2011 - 12:25h
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