El WCF Madrid 2012 apoya a monseñor Reig: «El acoso de UPyD, PSOE e IU es totalitario»

La pretensión de UPyD, PSOE e IU de condenar al ostracismo y a las catacumbas de la vida pública al obispo de la diócesis es un ejercicio antidemocrático intolerable.

S.O.S. Ramona Estévez

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La Junta de Andalucía ha ordenado dejar de alimentar a esta anciana de 90 años. Morirá de inanición, cruelmente, en cuestión de días. Si la eutanasia gana este caso, cualquier enfermo o anciano de España puede ser el próximo. 

REDACCIÓN HO.- La Consejería de Sanidad de Andalucía ha ordenado a los médicos del hospital Blanca Paloma, de Huelva, que retiren la sonda por la que la señora Ramona Estévez se alimenta desde que entró en coma, el pasado mes de julio, como consecuencia de un infarto cerebral. 

Ramona Estévez tiene 90 años. No ha elaborado su testamento vital, pero su hijo asegura que, verbalmente, anunció que no quería ser intubada, en el caso de perder la consciencia. 

Asesorado por el lobby eutanásico Derecho a Morir Dignamente, el hijo de Ramona Estévez pidió a los médicos que atienden a su madre en el hospital Blanca Paloma la retirada de la sonda de alimentación, lo cual causaría la muerte por inanición a la anciana.

Los médicos se han negado a dejar de alimentar a Ramona Estévez, invocando la buena práctica profesional y su libertad de conciencia.

La sonda de alimentación no es un tratamiento médico. Se trata de un cuidado básico para cualquier persona: alimentarse.  La única diferencia entre una persona consciente y una inconsciente es que la primera puede alimentarse por sí misma, mientras que la segunda necesita que la alimenten por medio de una sonda.

La familia de Ramona Estévez ha recurrido a la Consejería de Sanidad de la Junta de Andalucía. Este martes 23 de agosto, el departamento de Salud dirigido por la consejera María Jesús Montero (PSOE), ha ordenado al hospital Blanca Paloma que atiendan el deseo de la familia y dejen de alimentar a la señora Ramona Estévez. 

La muerte por inanición sobrevendrá en cuestión de horas, tal vez días. La Junta de Andalucía invoca razones de índole compasivo, amparadas por la Ley autonómica de Muerte Digna, que contemplaría esta práctica eutanásica como un caso de “muerte digna”.

La ley andaluza de Muerte Digna es el modelo en el que se inspira el proyecto de Ley que la ministra de Sanidad, Leire Pajín, ha enviado a las Cortes para regular las prácticas eutanásicas y suprimir la autonomía del médico para actuar conforme a la lex artis (la buena práctica médica) y a su conciencia.

El de Ramona Estévez es un caso de vida o muerte. 

En primer lugar, está en juego la vida de esta anciana, un ser humano que no puede valerse por sí mismo frente a lo que otros consideran que es más digno para ella: dejar de alimentarla, causarle la muerte. 

En segundo lugar, está en juego la legalización de prácticas eutanásicas, por la vía de los hechos consumados. Si la eutanasia gana la batalla de Ramona Estévez, se abrirá una puerta a nuevos casos en los que la autoridad del Gobierno decida sobre la vida o la muerte de ancianos y enfermos.

Actúa para impedir que Ramona Estévez sea víctima silenciosa de un caso de eutanasia que le provocará una muerte nada digna, por inanición. Nadie, y menos un Gobierno, tiene derecho a decidir sobre la vida y la muerte de otros.

La Fiscalía debe actuar de oficio. La consejera de Sanidad de Andalucía, María Jesús Montero, puede haber incurrido en un acto contra la libertad de conciencia de los médicos y en otro acto de negación de auxilio a Ramona Estévez.

El Fiscal General del Estado debe pedir al juez la suspensión cautelar de la orden de la Consejería de Sanidad y el restablecimiento de los medios necesarios para alimentar a Ramona Estévez.

S.O.S. Ramona Estévez. Actúa ahora, por favor. Se trata de su vida digna y de la vida digna de todos. 

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Yo he añadido: No existen

Yo he añadido: No existen pruebas fehacientes de que la paciente haya pedido que no se le entubara, como tampoco las hay de que fuera consciente de la diferencia que existe entre una sonda de alimentación o hidratación y otro tipo de "tubos".
Encuentro que una mera testifical no supone elemento suficiente para justificar este tratamiento.
Así mismo, no se puede considerar en modo alguno que una agonía producida por falta de hidratación y alimentos sea un modo "digno" de morir, ni que se oponga al sufrimiento. La alimentación es derecho y necesidad fundamental e inalienable, por lo que se incurre en desamparo y denegación de auxilio.

Hay muchas gente que después

Hay muchas gente que después de un infarto cerebral, lleva una vida normal. Infarto cerebral no es sinónimo de muerte cerebral. De hecho, según leo (http://es.wikipedia.org/wiki/Infarto_cerebral) sólo el 30% de los infartos cerebrales acaban en muerte.

Que no nos engañen. Esa mujer lo que necesita es mucha atención y cuidados paliativos. Será una carga para el Estao y para su hija, pero eso no justifica que nos la quitemos de encima. 

 

Firmado!

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Totalmente de acuerdo con

Totalmente de acuerdo con vuestros comentarios.

Comprendo que pueden surgir muchas dudas éticas y jurídicas, sobre todo si quien te asesora es una manada de lobos con pieles de cordero como Derecho a Morir Dignamente y la propia paciente manifestó estando lúcida que no quería ese tratamiento. Desde el respeto a esa familia, creo que lo mejor sería que contrastaran su parecer con personas que hayan pasado por situaciones similares, para empezar, no necesariamente religiosas,  y que hayan tomado una decisión contraria a la eutanasia. 

Yo creo que sé lo que haría -y creo que por no querer acortar la vida de mi pariente acabaría enfrentado con media familia que pensaría de otra forma, pero, en fin...-. Lo que no es de recibo es obligar a personas que trabajan en salvar vidas a convertirse en asesinos convictos y confesos, y con ensañamiento, además. Para matar a una persona de hambre y sed, menos malo -pero también malo- sería ponerle una inyección letal. Parece peor, pero sería más rápido y con menos sufrimiento (siendo coherente con la ideología de los verdugos, claro. Obviamente, también me horroriza). Y que lo haga el interesado o la señora Montero, si se atreve. Ah no, que le da "cosa". ¿Y quién eres tú para imponerle el "trabajo sucio" a otra persona?

En

En http://www.barcelonavida.wordpress.com, la entrada "Rubalcaba inicia su campaña electoral matando a una vieja", por Luna.

Hasta ayer esta pobre señora

Hasta ayer esta pobre señora seguía agonizando de hambre y sed poco a poco. Eso no es muerte digna. Es tortura. ¿Y si la familia se ha inventado la declaración de la anciana? Porque pruebas documentales no han presentado ninguna.

Ojo, aunque existiera esa prueba documental habría que impugnarla, o planteárselo. En mi opinión, podría considerarse nula de pleno derecho, alegando el art 15 de la Constitución (derecho a la vida y a no sufrir torturas o tratos inhumanos o degradantes).